Jueves 02 de mayo | Mar del Plata
09/04/2015

Melina Briz: piden anular el proceso penal

Fue el requerimiento de la defensa del imputado por entender que hubo coacción inherente por parte de la policía en un primer momento. El fiscal había pedido 24 años de condena. El lunes 20 de abril los jueces comunicarán su decisión.

Melina Briz: piden anular el proceso penal
El abogado defensor César Sivo, su asistente y Troncoso. (Foto QUÉ Digital) ©

La defensa de Ariel Troncoso, imputado por el homicidio de la adolescente Melina Briz en 2012 y para el que este jueves por la mañana tanto la fiscalía como la querella habían pedido una condena de 24 años, en su alegato solicitó la nulidad del proceso penal por considerar toda la investigación se nutrió de “evidencias ilegalmente conseguidas” luego de que “la policía consiguiera una confesión por coacción inherente”.

“Es más importante defender la Constitución que un caso, por más terrible que sea”, fueron las primeras palabras del alegato del defensor de Troncoso, César Sivo, ante al Tribunal Oral en los Criminal 4, el fiscal Rodolfo Moure y la abogada de la familia Briz, Adelina Martorella.

Para Sivo, este proceso se trató de un “caso paradojal”, en donde se produjo una “confesión extrajudicial con clara coacción”. “Estoy obligado a pedir la nulidad, nulidad que también debería haber pedido la fiscalía”, dijo el abogado.

Sivo calificó al fiscal Moure de haber actuado durante todo el proceso con una “marcada subjetividad”, por “defender las evidencias que se consiguieron ilegalmente”.

Para justificar su pedido de nulidad, Sivo cuestionó cuatro puntos: si Troncoso era o no sospechoso; cómo se encontraba en la dependencia policial de Balcarce; si había hablado con la policía y por qué y cómo la policía había hallado el cuerpo de Melina Briz.

SOSPECHOSO O TESTIGO

Por lo ventilado en el debate, se acreditó que la muerte de Melina Briz fue el viernes 10 de febrero de 2010 y Troncoso, en un primer momento, no fue llamado como testigo hasta el lunes. Este punto es clave para Sivo, ya que “si Troncoso no era sospechoso, nada tenía que hacer en la dependencia policial tanto tiempo y no se le podían iniciar acciones legales en su contra”.

Sivo explicó que “según la policía Troncoso no era sospechoso”, pero que familiares y amigos de Melina “lo señalaban directamente como responsable de ‘algo’”.

Para el abogado defensor, el accionar de los policías, el pedido de allanamiento en la casa de su representado, la necesidad de que la policía lo “retenga en la dependencia”, sumado a todas las declaraciones de familiares y amigos de Melina, son pruebas “inequívocas” de que Troncoso era el “único sospechoso” y no un testigo en el caso.

Si era el único sospechoso, se lo tendrían que haber comunicado, se le tendrían que haber leído los derechos y dejado de interrogar. La confesión que le sacaron es extrajudicial e ilegal”, argumentó Sivo.

DETENIDO CONTRA SU VOLUNTAD O EN LIBERTAD

Sivo consideró que el lunes 13 de febrero, “Troncoso estuvo en contra de su voluntad en la dependencia policial de Balcarce”. Y que todas esas horas que lo mantuvieron retenido, en un despacho en presencia de jefes de alto mando, fueron para “ablandarlo”, “erosionarlo”.

Según el abogado, no hay motivos para tener a un testigo en una dependencia, ya que en Balcarce, si la policía lo hubiese necesitado, podría haber estado en 5 minutos en la casa de Troncoso.

La conclusión de Sivo es que Troncoso “ya era tratado como un sospechoso, a pesar de no serlo”.

CONFESIÓN O NO CONFESIÓN

Para el abogado defensor, en la dependencia de Balcarce existió “coacción inherente” con la que se consiguió una “confesión extra judicial”. “Todo lo que argumentaron los policías durante el debate fue para lavar lo sucedido en torno a esto”, explicó Sivo.

“A Troncoso le dejaron fuentes de pruebas contra su hermano por una supuesta causa anterior, lo condicionaron y así obtuvieron una declaración ilegal en la que supuestamente dijo ‘me mandé una macana’”, sostuvo el letrado.

De este argumento surge que Troncoso no confesó por estar arrepentido, sino para que no le pasara nada a su familia, como también explicaron los peritos que le hicieron los exámenes psicológicos y psiquiátricos.

RASTRILLAJE

Sivo detalló que el rastrillaje es clave para pedir la nulidad, ya que, según infiere, “sin la declaración ilegal de Troncoso, en donde señaló el lugar, la policía nunca pudo haber llegado a encontrar el cuerpo”.

Ante el argumento esgrimido previamente por el fiscal, en el que dijo que el rastrillaje había sido pedido previamente, Sivo dijo que eso “también era falso y que el pedido era de búsqueda, lo que conlleva otros elementos humanos”.

Además, Sivo cuestiono cómo hicieron los policías para “justo” comenzar a rastrillar donde estaba oculto el cuerpo, si no tenían la información

ATENUANTES PARA LA CONDENA

Si bien el abogado pidió por la nulidad del caso, de no ser así requirió a los jueces TOC 4 que consideren la pena mínima para Troncoso, cercana a los 8 años ya que, según sus argumentos “no fue un homicidio premeditado”. En las conclusiones de Sivo, Troncoso no compró una bolsa de cal para esconder el cuerpo de Melina, porque pensaba en matarla, sino que la compró porque estaba haciendo una obra en la casa de la hermana.

Según el letrado, Troncoso si bien podía sospechar, no sabía y no conocía al joven con el que Melina estaba comenzando una relación.

Y, finalmente, para Sivo no es un agravante la diferencia física, ni que el homicidio fuera en el auto y en un descampado, ya que “nada de eso estaba planeado, fue una emoción violenta que pudo pasar en otro lugar”.

Pasadas poco más de tres horas, Sivo terminó con su alegato y los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal 4 anunciaron que el lunes 20 de abril comunicarán su decisión con respecto al caso.

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09/04/2015