Domingo 28 de abril | Mar del Plata
03/01/2023

El gobierno fija topes mensuales para las subas de la telefonía, internet y TV

El Enacom modificó la resolución que había emitido hace apenas unos días en la que autorizó aumentos hasta abril.

El gobierno fija topes mensuales para las subas de la telefonía, internet y TV
(Foto: archivo / Qué digital)

A pocos días de haber autorizado la aplicación de dos incrementos hasta abril en los precios de los servicios de internet, telefonía celular y televisión por cable y satelital, el gobierno nacional decidió modificar esa resolución y fijar esos aumentos con topes mensuales del 3,5% y 4%.

Los nuevos aumentos para aplicarse a partir del 1° de febrero y desde el 1° de abril habían sido autorizados el 29 de diciembre en una resolución del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) que estipulaba valores del 9,80% (febrero) y 7,80% (abril) y que este martes fue modificada.

La modificación consiste en una división de los incrementos a lo largo de los primeros cuatro meses del año con topes que no superan el 4% en sintonía con lo ya aplicado por el gobierno nacional para otros sectores, como el acuerdo por los precios de los combustibles.

Puntualmente, la nueva resolución dispone la autorización a partir del 1° de enero de 2023 para aplicar un incremento en el valor de los precios minoristas de cualquiera de los planes en la modalidad pospaga y/o mixta, en el caso de la telefonía celular, de hasta un 4% tomando como referencia sus precios vigentes al 31 de diciembre. Por su parte, autoriza otro 4% a partir del 1° de febrero; 3,5% desde el 1° de marzo y 3,5% desde el 1° de abril.

La resolución también estipula cambios en los valores máximos autorizados para los precios de la modalidad prepaga: así fija a partir del 1° de enero la recarga de 50 MB de datos móviles por día en $41,04 con impuestos incluidos; el segundo de voz en $0,63 con impuestos incluidos; y los SMS $8,21 con impuestos incluidos. Para febrero habilita que esos valores máximos suban a $42,68, $0,65 y $$8,54, respectivamente. En marzo, a $44,18; $0,68 y $8,84. Y en abril a $45,72; $0,70 y $9,14.

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Los mismos porcentajes que los habilitados para la telefonía móvil se fijaron para las empresas prestatarias de internet, de telefonía fija y de televisión por cable y satelital.

La decisión original, al igual que las anteriores, había señalado que “cualquier incremento sobre los precios minoristas que hubiese sido aplicado y que supere los valores expresamente autorizados deberá ser reintegrado a sus usuarios y usuarias en la próxima factura a emitir, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientes por mora en el pago de facturas”. Y fijó que “en aquellos casos en los que algún usuario o usuaria no abonare su factura con incrementos superiores a los autorizados, las prestadoras deberán abstenerse de computar los plazos legales vigentes para proceder a la suspensión del servicio”.

Sin embargo, eso en los hechos no se cumple en el marco de las disputas judiciales que mantienen las grandes empresas del sector como Telecom, Claro, Telefónica y DirecTV con el gobierno nacional.

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03/01/2023