Martes 07 de mayo | Mar del Plata
11/03/2019

“Nos sentimos revictimizados; que esta medida sea revocada”

Luego de que la Justicia declarara inconstitucional la inhabilitación para conducir por 12 meses impuesta a un conductor tras un control de alcoholemia positivo, familiares de víctimas del tránsito escribieron una carta pública.

“Nos sentimos revictimizados; que esta medida sea revocada”
(Foto: ilustrativa / QUÉ Digital)

Luego de que en un fallo reciente la Justicia Correccional hiciera lugar a la apelación de un particular -a quien un juez de faltas había inhabilitado para conducir por 12 meses en el marco de una sentencia por un caso de alcoholemia positivo- y declarara inconstitucional la inhabilitación, familiares de víctimas de siniestros viales escribieron una carta pública para repudiar lo sucedido.

“Nos sentimos revictimizados; que esta medida sea revocada”, advirtieron, al entender que de no haber vuelta atrás, será un precedente muy negativo en relación a la toma de conciencia por parte de los conductores.

En concreto, la carta -que lleva la firma de particulares, ONG, entidades privadas y colectivos en defensa de los derechos de las víctimas de delitos y siniestros viales– es una respuesta directa al reciente fallo de la jueza local Jorgelina Camadro, quien a fines del mes pasado hizo lugar a la apelación de un particular quien fue multado por conducir con 1,38 miligamos de alcohol en sangre.

En ese entonces, el juez de faltas, Pedro López Martucci, dictó la sentencia imponiéndole la pena de $8.500 de multa, además de la inhabilitación para conducir por doce meses, de acuerdo a los artículos 40 de la Ley 13.927 y 74 de la Ley 24.449. Sin embargo, meses después y tras la apelación presentada en relación a la inhabilitación, la jueza Camadro falló a favor del damnificado al entender que el artículo que establece la quita de la licencia no es constitucional.

“La sanción fija de inhabilitación para conducir que a modo de pena conjunta prevé la norma del artículo 39 bis inciso b de la Ley 13.927 (según texto Ley 15.002 -BO. 16/01/2018-) viola los principios constitucionales de razonabilidad y proporcionalidad”, aseguró la jueza en su fallo, por lo que entonces resolvió dejar sin efecto la sanción de inhabilitación para conducir por un año.

Ante esta situación, familiares de víctimas de hechos de tránsito escribieron una carta pública dirigida a Camadro en la que cuestionaron la decisión y criticaron a la magistrada, que además fue quien condenó a dos años de prisión a los padres de Yésica Parra -quien falleció tras un siniestro vial, luego de ser embestida por Julián Materia- por pegar carteles y pedir justicia por su hija, aunque ambos terminaron absueltos por decisión de la Cámara de Apelaciones.

“La ley provincial 15.002 vigente desde octubre 2018, deja muy claro los valores de punibilidad: de 1,1 a 1,5 miligramos de alcohol en sangre corresponde una pena de 12 meses de inhabilitación. Las leyes se están escribiendo cada día con más claridad, justamente para no dar posibilidad a los jueces a una libre interpretación”, consideraron.

Y en ese sentido, advirtieron que después de tanto tiempo “es incomprensible que esta jueza la haya encontrado inconstitucional”. “Como familiares de víctimas nos sentimos revictimizados, por eso avalamos cualquier medida recusatoria que el Municipio de General Pueyrredon aplique sobre esta sentencia”, adelantaron, al hacer alusión a lo sucedido.

En ese sentido, las decenas de organizaciones firmantes enfatizaron que este fallo “no puede sentar un precedente en el Municipio ni en la provincia de Buenos Aires”. “Necesitamos que esta medida sea revocada, porque si nadie la apela sería una falta de respeto a muchísimas personas que trabajan desde hace muchos años con el fin de reducir las muertes viales”, criticaron.

Además, y en lo relativo al accionar de la jueza Camadro, quienes firmaron la carta recordaron que, casualmente, la magistrada que declaró inconstitucional la inhabilitación es la misma que condenó a Gustavo Parra y Sandra Ponzo por el delito de coacción continuada en perjuicio de Julián Materia, quien atropelló y mató a la hija de los ahora condenado, pero fue beneficiado con una probation.

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