Viernes 26 de abril | Mar del Plata
18/10/2019

CNU: mientras sigue el juicio, prorrogan la prisión preventiva de Ullúa

El Tribunal Federal dispuso que el acusado por delitos de lesa humanidad permanezca detenido ante un pedido realizado por la fiscalía. Sigue la declaración de testigos.

CNU: mientras sigue el juicio, prorrogan la prisión preventiva de Ullúa
(Foto: Marcelo Nuñez)

En el marco del juicio que se lleva a cabo en la ciudad contra dos acusados de haber formado parte de la Concentración Nacional Universitaria (CNU) -organización de ultraderecha que cometió delitos de lesa humanidad previos a la última dictadura cívico militar-, el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata dispuso prorrogar por otros seis meses la prisión preventiva que cumple uno de los acusados, Eduardo Salvador Ullúa, quien fue detenido en abril de 2017 tras permanecer nueve años prófugo de la Justicia. Con la conitunidad de la declaración de testigos, la próxima audiencia del juicio está prevista para el miércoles 6 de noviembre.

El juicio contra Ullúa y Oscar Héctor Corres -que llegó al proceso en libertad- se inició el pasado 11 de septiembre. Corres está acusado del delito de “asociación ilícita”, en tanto que a Ullúa además se lo acusa de haber formado parte de los homicidios de Enrique “Pacho” Elizagaray, sus primos y tío Guillermo Enrique Videla, Jorge Enrique Videla, Jorge Lisandro Videla; el médico Bernardo Alberto Goldemberg; Daniel Gasparri y Jorge Stoppani; y la privación ilegítima de la libertad y homicidio de la entonces decana de la Facultad de Humanidades de la Universidad Católica, María del Carmen Maggi, por lo que también debe responder por esos delitos.

En el marco del proceso, en las últimas horas los jueces Daniel Obligado, Nicolás Toselli y Enrique Méndez Signori resolvieron prorrogar por seis meses la prisión preventiva que viene cumpliendo Ullúa hasta el próximo 27 de abril de 2020.

La resolución se produjo luego de que el fiscal Pablo Enrique Ouviña solicitara la prórroga de la prisión preventiva al remarcar que los delitos imputados y las circunstancias de la causa, especialmente la actitud procesal del imputado al permanecer prófugo por casi siete años, son argumentos “objetivos que justifican mantener el encierro preventivo”. Asimismo tuvo en consideración lo resuelto por la Cámara Federal de Casación Penal que  redujo tiempo atrás el plazo de la prórroga de la prisión preventiva a seis meses y encomendó al Tribunal que otorgara celeridad al proceso y se fijara fecha de debate.

“Ambas mandas han sido cumplidas al haberse dado inicio al debate oral y público el pasado 11 de septiembre y que a la fecha se han producido gran parte de la prueba testimonial ofrecida por las partes, encontrándose el Tribunal en los próximos meses en condiciones de dictar sentencia“, señaló el representante del Miisterio Público.

“Partiendo de esos datos fundamentales y considerando al igual que el representante del Ministerio Público Fiscal, que los argumentos esgrimidos oportunamente por este Tribunal al momento de analizar la prórroga de la prisión preventiva no han variado al día de hoy y dado el compromiso internacional asumido por el Estado Argentino de investigar y sancionar los delitos
de terrorismo de estado, resulta menester continuar con la medida cautelar por el plazo de seis meses”, resolvieron los jueces.

Por otra parte, en el marco del proceso la defensa oficial de Ullúa, a cargo de Manuel Bailleau, busca que su defendido pueda ser excarcelado al plantear una posible unificación de condenas -argumento bajo el cual fue excarcelado tiempo atrás uno de los condenados en el primero juicio contra la CNU- teniendo en cuenta que el acusado ya estuvo privado de su libertad por otra causa, aunque esta por narcotráfico, conocida como “Operación Langostino”.

LA CNU 

De acuerdo a la causa, los “miembros” de la CNU habrían tomado parte en la organización de las más diversas formas: existían grupos de ideólogos y grupos operativos que se encargaban de los hechos más violentos y, en algunos casos también, de la inteligencia previa. También necesitaban los espacios para las ejecuciones -muchas de las víctimas fueron acribilladas por más de una veintena de disparos-, para lo que debían necesariamente interactuar con las autoridades de otros ámbitos para la coordinación de sus tareas y, sobre todo, manejarse con un grado de impunidad otorgado por la cobertura de organismos del Estado.

De acuerdo a la prueba que consta en el expediente, y el juicio condenatorio a los otros integrantes de la banda, cometieron distintos delitos como homicidios, privaciones ilegales de la libertad, robos, amenazas, “para la persecución y eliminación de personas en el marco de un ataque sistemático y generalizado contra una parte de la población civil y de conformidad con una política de Estado”. Si bien los hechos juzgados son anteriores al Golpe cívico militar, son catalogados como delitos de lesa humanidad y por lo tanto imprescriptibles.

En el histórico juicio que finalizó en diciembre de 2016, fueron condenados a prisión perpetua el exfiscal Gustavio Demarchi, Fernando Alberto Otero y Mario Ernesto Durquet, mientras que José Luis Granel fue condenado a 7 años, Juan Pedro Asaro a 5 años y Roberto Alejandro Justel y Juan Carlos Asaro a 3 años. En tanto que Raúl Rogelio Moleón y Raúl Arturo Viglizzo resultaron absueltos.

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18/10/2019