Domingo 28 de abril | Mar del Plata
23/02/2024

La Justicia le ordenó a una prepaga retomar una cobertura que cortó por falta de pago

Fue resuelto en un amparo que busca que se declare inconstitucional el decreto de MIlei que liberó los precios. Había aplicado un aumento del 280%.

La Justicia le ordenó a una prepaga retomar una cobertura que cortó por falta de pago
(Foto: archivo / Qué digital)

Una medida cautelar suspendió un aumento del 280% y ordenó rehabilitar la cobertura de salud que una prepaga le había cortado a una mujer jubilada de 66 años con discapacidad. La decisión se tomó en el marco de un amparo impulsado por la damnificada que busca que se declare la inconstitucionalidad de los artículo del “decretazo” de Javier Milei que liberó los precios de las cuotas de los planes de salud.

La resolución fue dictada esta semana por el titular del Juzgado Federal N°2 de Mar del Plata, Santiago Martín, contra la prepaga “Thema- Red Médica” después de que la Cámara de Apelaciones interviniera tras un primer rechazo de la cautelar que se había efectuado durante la feria judicial. Tanto el fiscal general Daniel Adler como el titular interino de la Fiscalía Federal N°2, Santiago Eyherabide, habían entendido que correspondía hacer lugar a la medida.

Según informó fiscales.gob.ar, el juez Martín ordenó rehabilitar el servicio mientras dure el tratamiento que transita la mujer o hasta tanto se dicte sentencia definitiva y quede firme la resolución del amparo. También suspendió los aumentos de enero y febrero y la readecuación de las cuotas liquidadas en los dos primeros meses del año que sumaban un incremento del 280%.

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En esa línea, estableció que el incremento tendrá un tope máximo del 90% en función del Índice de Remuneración Imponible promedio de los Trabajadores Estatales (Ripte), tal como lo establecía el régimen vigente hasta la sanción del DNU por parte de Milei.

El amparo se inició cuando una mujer de 66 años se presentó ante la Justicia con el objetivo de que se retrotraigan los aumentos en la cuota mensual del servicio de medicina prepaga y que, más allá de ese pedido puntual, se decrete la inconstitucionalidad de los artículos 265, 267 y 269 del decreto dictado en diciembre por el gobierno nacional que liberó los precios de la prepagas.

La mujer es afiliada desde hace unos diez años de la prepaga y transita, a partir de un grave problema de salud, un tratamiento médico “estricto e ininterrumpido” por el que se le otorgó un certificado de discapacidad. Según expuso, durante 2023 Thema aumentó su arancel de cobertura progresivamente pero durante principios de este año la cuota “subió abismalmente” de $88.700 a $210.670 en enero y $338.565 en febrero.  En ese sentido, relató que ante la falta de pago de la cuota de enero, que duplicaba el monto de su jubilación mínima, la empresa le suspendió el servicio. 

En su resolución, el juez Martín entendió que en casos como el analizado “se encuentra comprometido el derecho a la salud” y planteó: “Entiendo -en este análisis preliminar del caso- que la conducta empresarial aquí denunciada, además de reñirse con el principio de buena fe en la ejecución de los contratos, es susceptible de afectar derechos constitucionalmente amparados de los consumidores y usuarios del servicio de medicina prepaga, quienes tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos, así como a condiciones de trato equitativo y digno, entre otros”.

En el dictamen presentado ante la Cámara Federal marplatense, el fiscal Adler había planteado, contra el DNU de Milei, que “resulta paradójico que si el fin perseguido es reducir el déficit fiscal se modifique una norma que rige una relación entre privados y que no generaba erogación alguna para el Estado Nacional, para trasladar ahora las consecuencias de este cambio inconstitucional del marco normativo al erario público, al tener que ser la República la que pague las sanciones impuestas por las autoridades internacionales llamadas a intervenir por el quebranto de la Convención”.

Es que remarcó que el Estado Argentino asumió una responsabilidad internacional al adherir a distintos tratados de derechos humanos que tienen también rango constitucional como la Convención Interamericana para la Protección de Derechos Humanos de las Personas Mayores y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

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23/02/2024