Martes 14 de mayo | Mar del Plata
12/07/2023

Un colegio privado debe indemnizar con $6,3 millones a una alumna víctima de bullying

Así lo ordenó la Cámara Civil de Mar del Plata ante una estudiante que en 2017 sufrió reiterados episodios de acoso escolar.

Un colegio privado debe indemnizar con $6,3 millones a una alumna víctima de bullying
(Foto: ilustrativa / Qué digital)

Un colegio privado de Mar del Plata deberá pagar una indemnización de $6,3 millones a una alumna que en 2017 sufrió reiterados y sistemáticos episodios de acoso escolar o bullying. La Justicia corroboró la “vulnerabilidad y discriminación” sufrida por la estudiante en la escuela y también la “falta de medidas conducentes” por parte de las autoridades o directivos.

La sentencia en la causa iniciada en la Justicia Civil y Comercial de Mar del Plata fue dictada en noviembre del año pasado por la titular del Juzgado Civil N°10, Mariana Tonto de Bessone, y el 30 de junio la sala II de la Cámara Civil y Comercial ratificó parte de la decisión aunque aumentó los montos a abonar por el colegio a modo de indemnización por “daño moral” e “incapacidad sobreviniente”.

La demanda fue iniciada por la familia de la alumna contra la firma Enseñanza Integral SRL -a cargo del colegio Galileo Galilei- y como parte de la causa se determinó que en 2017 la víctima al cursar cuarto año “sufrió reiterados y sistemáticos episodios de acoso escolar o bullying por parte de distintos compañeros de curso que fueron desde agresiones, insultos, intimidaciones y hasta violencia física traducida en empujones en los recreos, humillaciones dentro y fuera de clases”. Y toda esa situación le provocó cuadros de convulsiones y ataques de epilepsia.

A lo largo del proceso, el colegio negó los hechos acusados y afirmó que “la angustia” de la víctima “se debió a la situación familiar que vivía y que las convulsiones no tienen origen emocional genético”.

En la sentencia, a la que accedió Qué digital, la jueza señaló que el artículo 1767 del Código Civil y Comercial impone una responsabilidad agravada del establecimiento educativo en casos de bullying y concluyó que la prueba permitió “corroborar la situación de vulnerabilidad y discriminación sufrida dentro del ámbito escolar y también la falta de medidas conducentes por parte de las autoridades o directivos del establecimiento para restablecer la armonía e interacción dentro del grupo de estudiantes en el que se hallaba integrada”.

Según se desprende del caso, la alumna llegó a tener que ser internada debido a un “pico de estrés ocasionado por la mala relación con sus compañeros de curso” y, ante esa circunstancia, el director “dijo desconocer problemas anteriores” mientras que una preceptora reconoció conflictos con el grupo.

“La institución minimizó la situación vivida por la alumna dentro de la escuela”, entendió la jueza y cuestionó que “la solución propuesta por la institución fue ‘mandarla a hacer una terapia’, proponiéndole acelerar el trámite mediante un informe previo”. También criticó que desde la institución “no se le ofreció contención psicológica en el gabinete de la escuela, ni se puso en práctica el acuerdo de convivencia como lo establece la normativa vigente”.

En el caso se sumó el testimonio de un médico neurólogo de la víctima, quien explicó que pese a que la causa de la mayoría de las epilepsias eran desconocidas remarcó que “la situación emocional o de estrés que le narraba tenía mucho que ver con el desencadenante de las crisis”.

En ese contexto, la jueza consideró acreditado que las situaciones de estrés o angustia vividas por la estudiante en la escuela “han obrado como concausa de su cuadro epiléptico y personalidad de base” por lo que entendió que la responsabilidad de la institución por los daños ocasionados era de un 50%, lo que llevó a imponer el pago de una indemnización por “incapacidad sobreviniente” de $1.032.787; $500.000 por daño moral y $72.000 por el costo de la terapia psicológica.

Lo modificado con su resolución de hace algunos días por parte de la sala II de la Cámara Civil y Comercial fueron justamente los montos a pagar por la empresa ya que, previamente, confirmó su responsabilidad. Los jueces Ricardo Monterisi, Roberto Loustaunau y Alfredo Méndez concluyeron que la víctima “ha brindado prueba suficiente para demostrar los episodios de bullying sufridos a partir del año 2017 cuando era alumna del instituto Galileo Galilei” de Mar del Plata.

Pero se diferenciaron de la decisión de eximir a la empresa que maneja el colegio en un 50% de responsabilidad como lo hizo la jueza de primera instancia al considerar que operó “una concausa consistente en el cuadro epiléptico y personalidad de base”.

De esa manera fue que establecieron “la responsabilidad exclusiva de Enseñanza Integral SRL por los perjuicios ocasionados” y así aumentaron los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente a un total $3.178.847,98 más intereses y por daño moral a $3.199.999.

Ver más: , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,

12/07/2023