Jueves 02 de mayo | Mar del Plata
14/01/2024

Franquicias inmobiliarias: pedido de derogación de la prohibición y rechazo

La Libertad Avanza pidió derogar una ordenanza aprobada hace tres años y el Colegio de Martilleros salió al cruce.

Franquicias inmobiliarias: pedido de derogación de la prohibición y rechazo
(Foto: ilustrativa / Qué digital)

A sólo tres años de su vigencia, un proyecto impulsado por el bloque de La Libertad Avanza busca derogar la ordenanza que prohíbe en Mar del Plata el servicio de intermediación inmobiliaria por parte de franquicias y desde el Colegio de Martilleros salieron a cuestionar la iniciativa. “La ley descarta en forma terminante la posibilidad de que sociedades comerciales o franquicias puedan ejercer la actividad reservada únicamente a los nartilleros y corredores públicos”, apuntaron.

El cruce entre el colegio profesional y los concejales del bloque denominado Crear más Libertad se produjo a partir de la presentación esta semana de un proyecto en el Concejo Deliberante por medio del cual se propone la derogación de la ordenanza N°25.019 que fue sancionada en diciembre de 2020, con impulso del radicalismo.

Esa ordenanza fija la prohibición “de difusión por cualquier modo o formato y/o la oferta pública del servicio de intermediación inmobiliaria bajo el nombre de franquicias, licencias o marcas”, como la firma Remax. Y estipula sanciones en el caso de infracciones con multas que van de 50 a 90 sueldos mínimos del personal municipal.

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Ahora, el proyecto de ordenanza firmado por los concejales Emiliano Recalt y Cecilia Martínez sostiene que la ordenanza vigente “imposibilita el crecimiento del mercado inmobiliario, justificado en conceptos erróneos e imponiendo restricciones para el ejercicio de la profesión de martilleros y/o corredores públicos” al plantear que las franquicias “actúan de la misma manera que las inmobiliarias tradicionales, es decir con un martillero y/o corredor público matriculado y un equipo de personas que se encarga de colaborar con el profesional en el giro comercial”.

También sostiene que la ordenanza “impide el ejercicio profesional de corredores públicos debidamente matriculados por el sólo hecho de haber contratado servicios u obtenido licencias o franquicias para el uso de marcas“.

A modo de respuesta, desde el Colegio de Martilleros apuntaron en duros términos contra la iniciativa. “Los fundamentos que sostiene no sólo son insuficientes, sino también que disfrazan la realidad pretendiendo generar dudas a la comunidad sobre quiénes se encuentra habilitados legalmente en la intermediación inmobiliaria” que afirmaron es una “facultad única e indelegable que debe ser realizada por medio de los martilleros y corredores públicos”.

En esa línea argumentaron que la ley nacional N°20.266 y la provincial N°10.973 “establecen claramente los requisitos de quienes pueden ejercer la profesión, descartando en forma terminante la posibilidad de que sociedades comerciales o franquicias puedan ejercer la actividad reservada únicamente a los martilleros”.

De esa manera, volvieron a expresarse contra el funcionamiento de las franquicias al sostener que “permiten, alientan y promueven el ejercicio de la profesión a personas que no están habilitadas por carecer de título profesional y matrícula habilitante, bajo el título de agentes o asesores inmobiliarios, cuyo accionar está vedado por las leyes vigentes, generando una competencia desleal”.

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14/01/2024