Martes 30 de abril | Mar del Plata
13/07/2021

Absuelven a dos policías que fueron acusados de integrar una banda narco

La fiscalía había pedido seis años de prisión, pero el Tribunal Federal concluyó que no se acreditó la acusación. Otros 15 imputados fueron condenados en juicios abreviados.

Absuelven a dos policías que fueron acusados de integrar una banda narco
(Foto: archivo / Qué digital)

Dos policías que llegaron a juicio acusados de formar parte de una banda desbaratada en agosto de 2018 y dedicada a la venta de drogas a metros de una escuela en la zona de Villa Mateotti fueron absueltos por el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata al concluir que no se acreditó la acusación formulada en el juicio que se inició en mayo y en el que la fiscalía había pedido para ellos seis años de prisión. Además, los jueces convalidaron otras 15 condenas de hasta seis años de prisión acordadas en juicio abreviados.

El debate, encabezado por los jueces Roberto Falcone, Nicolás Toselli y Fernando Machado Pelloni, se inició en mayo en el marco de una causa que llegó a la instancia de juicio con 18 acusados de los cuales 15 a lo largo del proceso firmaron juicios abreviados en los que reconocieron su participación en la banda y acordaron recibir penas de hasta seis años de prisión. Esos acuerdos fueron avalados por los jueces en la sentencia dada a conocer este lunes y que además incluyó la absolución de los dos policías acusados.

Tanto para Orlando Ezequiel Menghini –familiar de uno de los principales acusados y quien integraba la comisaría quinta al momento de los hechos- como para Pedro Ismael González -que formaba parte de la Delegación de Investigaciones de Drogas Ilícitas- el fiscal Juan Manuel Pettigiani había pedido en su alegato seis años de prisión al considerarlos partícipes necesarios del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por la participación de más de tres personas de forma organizada, por haber formado parte de la banda funcionarios policiales y por haberse cometido en inmediaciones de establecimientos escolares.

Pero los jueces al dar a conocer este lunes la parte resolutiva del fallo -los fundamentos se presentarán el 4 de agosto- resolvieron absolverlos a ambos “por no haberse acreditado su participación” en los hechos acusados y dispusieron su inmediata libertad que se hizo efectiva desde el mismo tribunal.

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Por su parte, los jueces también convalidaron los acuerdos que alcanzaron el resto de los acusados con la fiscalía en el inicio del juicio que hizo que evitaran trascurrir el debate oral.

Tal como habían acordado, fueron condenados a seis años de prisión como coautores del delito de tenencia de estupefacientes para su comercialización agravada Luis David Novile, Atilio Raúl Fragelli, Patricia Adriana Amarilla, Evangelina Soledad Maldonado, María Eugenia Santillán, Luis Alberto Martínez, Ricardo Jesús García, Juan Cruz Dueñas Ántoli, Miriam Elizabeth Carballo Figueroa y Gonzalo Lionel Cardozo. De ellos, excepto García y Dueñas Ántoli todos cumplen actualmente prisión domiciliaria.

Por su parte, Lucas Damián Polignano, Darío Guillermo Fernández y Miguel Ángel Actis fueron encontrados partícipes secundarios de los hechos y tendrán penas de cuatro, tres y tres años respectivamente. Tanto Polignano como Actis se encuentran con prisión domiciliaria y para Fernández la pena acordada fue de ejecución condicional, es decir sin ir a la cárcel.

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Mientras tanto, Martín Manuel Wekkesser firmó una suspensión de juicio a prueba por tres años como partícipe secundario del delito de tenencia con fines de comercialización; mientras que Eneas Nahuel Fernández firmó junto a su defensa la suspensión de juicio a prueba por el término de un año por tenencia ilegítima de arma. Finalmente, para Carlos Alberto Fernández que inicialmente se había informado que firmaría un juicio abreviado los jueces dispusieron formar actuaciones por separado por haber ejercido la opción a ser juzgado en un debate oral y público.

Gran parte de los imputados habían sido detenidos en agosto de 2018, cuando la Policía Federal y la Policía de Seguridad Aeroportuaria llevaron adelante un megaoperativo denominado “Acantilados Blancos” que incluyó una veintena de allanamientos en los que, además de cocaína y marihuana, se secuestró una importante cantidad de armas. Según se desprende de la acusación, la organización se dedicaba “al abastecimiento de estupefacientes a grupos familiares, allegados y sujetos vinculados o no”, quienes además vivían en la zona de la Villa Mateotti.

Desde la fiscalía destacaron que los juicios abreviados permitieron acreditar la existencia de la organización que era proveedora de la droga de forma simultánea o alternativa, separada o conjunta, que abastecía a dos grupos familiares.

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PEDIDOS AL GOBIERNO NACIONAL Y AL MUNICIPAL

En sintonía con lo solicitado en su alegato por el fiscal Pettigani, teniendo en cuenta que a poco más de cien metros del asentamiento ubicado sobre la manzana que encuadran Mario Bravo, Benito Lynch, Mateotti y Talcahuano se ubica el Jardín municipal 919, la Escuela Primaria 35 y la Secundaria 47, los jueces en el fallo pidieron al Ministerio de Seguridad de la Nación que el dispositivo del operativo de la Prefectura ubicado en Talcahuano y la avenida Mario Bravo se desplace alrededor de 120 metros sobre la misma avenida hasta la puerta del Jardín 919 para alcanzar “una disuasión efectiva para evitar la reiteración, en el lugar, de los hechos en juzgamiento”.

Y por otro lado, solicitaron a la Municipalidad para que se garantice el servicio ininterrumpido de la cámara de seguridad ubicada en la esquina de Mario Bravo y Talcahuano “en razón de que se han observado intermitencias en su funcionamiento que generan el espacio para que el tráfico de estupefacientes se lleve a cabo”, de acuerdo a lo planteado por el fiscal.

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13/07/2021