Sábado 04 de mayo | Mar del Plata
24/04/2024

Caso Gianelli: Casación revocó la condena y volvió a absolver a Analía Schwartz

La docente había sido condenada a 10 años de prisión por abuso sexual y corrupción de menores al ser juzgada por segunda vez.

Caso Gianelli: Casación revocó la condena y volvió a absolver a Analía Schwartz
(Foto: archivo / Qué digital)

A quince meses de dictada la condena a 10 años de prisión en el segundo juicio en su contra realizado tras la anulación de la primera sentencia, el Tribunal de Casación bonaerense revocó el fallo y volvió a absolver a la docente Analía Schwartz por los casos de abuso sexual y corrupción de menores contra alumnos y alumnas de los jardines de infantes de los colegios Gianelli y Fleming de Mar del Plata surgidos entre 2012 y 2013.

La resolución de la sala V del Tribunal de Casación, integrada por Mario Kohan y María Florencia Budiño,  se conoció este miércoles después de los recursos que habían presentado tanto la defensa, a cargo de Patricia Perelló, como la fiscalía y los particulares daminificados -en representación de las familias a cargo de los abogados César Sivo y Martín Bernat- después del fallo emitido en enero de 2023 en el segundo juicio.

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En ese momento el Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de Mar del Plata condenó a la docente a diez años de prisión por un caso de “abuso sexual gravemente ultrajante agravado” y por nueve de “promoción a la corrupción de menores” en tanto que la absolvió por otros hechos que fueron parte de la acusación al considerar que los mismos no habían logrado ser probados.

Ahora, al revisar la sentencia, Casación resolvió anular la condena por esos diez hechos y confirmar la absolución por el resto por lo que la docente volvió a ser absuelta por todos los casos acusados, tal como había ocurrido en el primer juicio realizado en su contra en 2017. La sentencia surgida de ese primer debate había sido anulada por Casación y por eso se concretó el segundo juicio.

En la resolución de 237 páginas, la jueza Budiño de Casación concluyó que “no se ha alcanzado en este caso el estado de certeza necesario para el dictado de una sentencia condenatoria respecto de la existencia de los hechos atribuidos a Analía Verónica Schawartz”.

Es que entendió que “las conclusiones incriminatorias” a las que arribó el TOC N°2 “no encuentran sustento suficiente en la prueba meritada”. Y a ello sumó que “a partir de la ponderación integral de los elementos de prueba reunidos, valorados racional, lógica y objetivamente, no es posible arribar al grado de certeza legalmente requerido respecto de la conclusión afirmada”.

En otras palabras, la magistrada aseguró que el conjunto de las pruebas analizadas “lleva a un estado de duda insuperable que debe resolverse a favor de la acusada”. Y además agregó que “estado de duda se proyecta a la totalidad de los hechos juzgados”.

Tras esta nueva resolución, la próxima instancia posible para las partes será acudir a la Suprema Corte de Justicia bonaerense.

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En la sentencia que había derivado en la condena ahora revocada los jueces habían dado por probado que entre mayo y setiembre de 2013, en la sala de música del colegio San Antonio María Gianelli, Schwartz -mientras dictaba sus clases- “promovió actos de corrupción de contenido sexual, prematuros, distorsivos y perversos al menos a 9 alumnos en más de una oportunidad”.

Y había definido que “aprovechándose de las condiciones edilicias que poseía el salón, como así también de los momentos de ausencia de otros docentes que colaboraban con su labor” la acusado concretó los abusos “con la exigencia de guardar el secreto de lo ocurrido y bajo amenazas referidas al castigo de Dios, o a que sus padres, sufrirían un daño”.

Por otro lado, el tribunal, también por unanimidad, había dispuesto la absolución por otros hechos presuntamente ocurridos en el mismo establecimiento y en el jardín “Mamina” del colegio Fleming, por entender que existía “una duda razonable que legalmente debe presumirse en favor de la imputada”.

EL CASO Y LAS IDAS Y VUELTAS JUDICIALES

El caso se inició en 7 de septiembre de 2013 cuando, en principio, unas 13 familias se acercaron a la Comisaría de la Mujer para denunciar que la maestra de música del colegio Gianelli habría abusado sexualmente de niños y niñas de entre 3 y 5 años durante sus clases en la institución educativa, en tanto que al día siguiente se sumaron más presentaciones, que llegaron a alrededor de 30. Algunos días después madres y padres del jardín de infantes “Maminas” del Instituto Alejandro Fleming también formalizaron denuncias contra la docente.

El primer avance trascendente en la causa contra la docente se produjo casi un año después cuando el por entonces fiscal Fernando Castro imputó a Analía Schwartz  por seis casos de corrupción de menores y nueve de abuso sexual: dos correspondientes al año 2012 en el jardín Maminas y el resto a 2013 en el colegio Gianelli. En septiembre de 2015 la Justicia de Garantías elevó la causa a juicio.

Así, el primer debate se inició el 23 de febrero de 2017 en el Tribunal Oral en lo Criminal Nº1 integrado por Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale y el 16 de mayo de 2017 terminó con la decisión de los magistrados de absolver a la docente: en la sentencia criticaron duramente a la perito oficial que realizó las cámaras gesell y el desempeño acusatorio del fiscal y sustentaron su decisión en la “inexistencia” de indicios físicos probatorios de abusos sexuales. Fundamentalmente, los jueces plantearon la “imposibilidad de que los hechos se produjeran y no fueran advertidos”.

Pero esa decisión y puntualmente esos argumentos fueron desechados por el Tribunal de Casación bonaerense, al que acudieron tras la absolución tanto la Fiscalía General como los particulares damnificados. Y fue así que en marzo de 2018 la sala V encabezada por Jorge Celesia y Fernando Mancini anuló la absolución y ordenó hacer otro juicio. La decisión fue parcial porque la anuló para la mayoría de los casos, pero en tres de ellos la confirmó.

En la previa del juicio, la defensora Perelló había formalizado una presentación en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado argentino para cuestionar que su defendida fuera juzgada dos veces por los mismos delitos.

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