Viernes 26 de abril | Mar del Plata
06/01/2023

Caso Gianelli: condenan a 10 años de prisión a la docente Analía Schwartz

En el segundo juicio en su contra, fue encontrada culpable de un caso de abuso sexual contra una víctima y de 9 de promoción a la corrupción de menores. Rechazaron el pedido de detención.

Caso Gianelli: condenan a 10 años de prisión a la docente Analía Schwartz
(Fotos: Qué digital)

La docente de música Analía Schwartz fue condenada a 10 años de prisión en la causa por abuso sexual contra alumnos y alumnas de los jardines de infantes de los colegios Gianelli y Fleming de Mar del Plata entre 2012 y 2013. La sentencia fue dada a conocer este viernes tras el segundo juicio realizado en su contra, después de un primero que se llevó a cabo en 2017 y que posteriormente fue anulado. Los jueces rechazaron el pedido de inmediata detención, por lo que seguirá en libertad.

La condena contra Schwartz fue anunciada este viernes por el Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de Mar del Plata, integrado por los jueces Néstor Conti, Alexis Simaz y Roberto Falcone, tras el desarrollo del juicio que se inició en octubre, a nueve años de la primeras denuncias y a casi cinco de dictada la absolución de la docente que luego sería anulada por el Tribunal de Casación bonaerense.

En concreto, los jueces por unanimidad encontraron responsable a la docente de un caso de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por ser cometido por una persona encargada de la educación y de nueve de promoción a la corrupción de menores, en tanto la absolvieron por otros hechos que fueron parte de la acusación al considerar que los mismos no lograron ser probados.

Además rechazaron -por mayoría- el pedido de detención inmediata y dispusieron que permanezca en libertad, como hasta el momento, a la espera de que el fallo quede firme tras la revisión de los tribunales superiores. En ese marco, la impusieron una serie de reglas de conducta a cumplir como la prohibición de salida del país, la prohibición de irse de la ciudad por más de 24 horas y la prohibición de mantener contacto -200 metros- con víctimas y progenitores.

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Los casos por los que fue condenada la docente se identificaron a lo largo de la causa como hecho 3 (nueve víctimas de promoción a la corrupción de menores en el jardín del Colegio Gianelli en 2013) y como hecho 14 (una víctima de abuso sexual también en el Gianelli en 2013). La absolución, por su parte, se dictó con respecto a otros diez hechos enumerados en el juicio en perjuicio de 22 víctimas en total ocurridos en el mismo establecimiento educativo y en el jardín “Mamina” del colegio Fleming, por entender que no lograron ser probados y que existía una “duda razonable que legalmente debe presumirse en favor de la imputada”.

La sentencia se leyó en el sexto piso del edificio de Tribunales, en medio de la feria judicial, y sin la presencia en la sala de las familias denunciantes que siguieron la lectura desde una sala aparte, tal como ocurrió a lo largo de todo el debate, para evitar su exposición y la revictimización de los niños y niñas que hoy transitan la adolescencia.

Así, en la sala de audiencias estuvieron presentes, además de los tres jueces y sus secretarios, la fiscal Florencia Salas, los abogados representantes de las familias César Sivo y Martín Bernat, la defensora Patricia Perelló junto a asistentes y la docente.

En los alegatos la fiscal había solicitado que Schwartz fuera condenada a la pena de 30 años de prisión -más que lo que había sido requerido en el primer debate- por 9 casos de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por ser cometido por una persona encargada de la educación y 3 de promoción a la corrupción de menores.

Los abogados Sivo y Bernat, por su parte, habían pedido 30 y 35 años de prisión, respectivamente por los casos representados por cada uno, y todos los acusadores habían requerido la inmediata detención de la docente en caso de que el tribunal dispusiera una condena.

La abogada Perelló, por su parte, había requerido nuevamente la absolución al insistir con una “imposibilidad material de que los hechos hubieran ocurrido”.

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EL CASO Y LAS IDAS Y VUELTAS JUDICIALES

El caso se inició en 7 de septiembre de 2013 cuando, en principio, unas 13 familias se acercaron a la Comisaría de la Mujer para denunciar que la maestra de música del colegio Gianelli habría abusado sexualmente de niños y niñas de entre 3 y 5 años durante sus clases en la institución educativa, en tanto que al día siguiente se sumaron más presentaciones, que llegaron a alrededor de 30. Algunos días después madres y padres del jardín de infantes “Maminas” del Instituto Alejandro Fleming también formalizaron denuncias contra la docente.

El primer avance trascendente en la causa contra la docente se produjo casi un año después cuando el fiscal Fernando Castro imputó a Analía Schwartz  por seis casos de corrupción de menores y nueve de abuso sexual: dos correspondientes al año 2012 en el jardín Maminas y el resto a 2013 en el colegio Gianelli. En septiembre de 2015 la Justicia de Garantías elevó la causa a juicio.

Así, el primer debate se inició el 23 de febrero de 2017 en el Tribunal Oral en lo Criminal Nº1 integrado por Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale –dos de ellos el año pasado fueron suspendidos provisoriamente de sus cargos  por su tarea en el juicio por el crimen de Lucía Pérez-, y el 16 de mayo de 2017 terminó con la decisión de los magistrados de absolver a la docente: en la sentencia criticaron duramente a la perito oficial que realizó las cámaras gesell y el desempeño acusatorio del fiscal y sustentaron su decisión en la “inexistencia” de indicios físicos probatorios de abusos sexuales.

Fundamentalmente, los jueces plantearon la “imposibilidad de que los hechos se produjeran y no fueran advertidos”.

Pero esa decisión y puntualmente esos argumentos fueron desechados por el Tribunal de Casación bonaerense, al que acudieron tras la absolución tanto la Fiscalía General como los particulares damnificados. Y fue así que en marzo de 2018 la sala V encabezada por Jorge Celesia y Fernando Mancini anuló la absolución y ordenó hacer otro juicio. La decisión fue parcial porque la anuló para la mayoría de los casos, pero en tres de ellos la confirmó.

Los jueces del tribunal superior hicieron foco en la definición de “delito imposible”, para afirmar que “la circunstancia de que un ilícito pueda ocurrir en un lugar determinado que en base a cuestiones de lógica y sentido común no luzca como adecuado para el logro del fin propuesto, no convierte al hecho en uno de imposible producción”.

Durante el primer juicio, la fiscalía había pedido que la docente fuera condenada a 24 años de prisión, en tanto que los abogados de los familiares habían requerido la imposición de una pena de 28 años.

El año pasado, en la previa del juicio, la defensora Perelló formalizó una presentación en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado argentino para cuestionar que su defendida fuera juzgada dos veces por los mismos delitos.

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