Sábado 18 de mayo | Mar del Plata
03/05/2024

“Conducta antisindical” y “práctica desleal”: el amparo de los municipales contra Montenegro

La acción judicial deberá ser analizada por el Juzgado Contencioso N°2. Un Tribunal de Trabajo se declaró incompetente y evitó el dictado de una cautelar.

“Conducta antisindical” y “práctica desleal”: el amparo de los municipales contra Montenegro
(Foto: archivo / Qué digital)

Como una “conducta discriminatoria antisindical” y como una “práctica desleal” a través de la cual se “deja sin efecto ilegítimamente derechos laborales adquiridos” fue como calificó el Sindicato de Trabajadores Municipales (STM) a dos de las medidas adoptadas por el gobierno de Guillermo Montenegro en medio del conflicto por la falta de acuerdo salarial. Así lo expresaron en el amparo que presentaron en la Justicia con el que intentan revertir los descuentos por los días de paro y la eliminación del premio por el presentismo.

Este jueves en una asamblea extraordinaria el sindicato dio a conocer una presentación judicial realizada contra dos de las medidas que aplicó Montenegro después del paro del 5 y 6 de abril realizado por el gremio por falta de acuerdo salarial.

Esa presentación judicial fue un amparo sindical elevado la semana pasada ante el Tribunal de Trabajo N°4. Y este viernes los jueces Cecilia Bártoli, Alejandro Escobrar y Orlando Cappitelli emitieron una primera resolución en la que declararon la incompetencia del fuero para resolver los planteos y lo enviaron al Contencioso Administrativo.

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Previamente, omitieron el tratamiento de una medida cautelar pedida por el gremio para que sea abordada por el nuevo juez no sin dejar de mencionar que a su entender no correspondería tal dictado ya que la decisión guardaría total relación con la cuestión de fondo sobre la que también se deberá fallar: si corresponde o no ordenar que se deje sin efecto el descuento de los días de paro y el quite del premio por el presentismo (equivalente a 15 días anuales de licencia) dispuestos por Montenegro.

Esos planteos son los que ahora quedaron en manos del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°2, a cargo de Marcelo Fernández.

LOS ARGUMENTOS DEL AMPARO

Como parte del enfrentamiento que decidió establecer el intendente con el STM ante el conflicto que se vendría al definir que ya no habrá acuerdos salariales que acompañen a la inflación, fueron tres las medidas anunciadas.

Una de ellas fue el descuento de los dos días de paro concretados en abril -con la creación de un fondo específico para destinar allí lo recaudado- y otra fue el dictado de un decreto a través del cual derogó un inciso del Decreto N°397/2001, en el cual se establecía que sería pagado el premio por presentismo (equivalente a 15 días anuales de licencia) incluso a quienes adhirieran a medidas de fuerza propias o de entidades de mayor grado como la CGT.

A ello también le siguió la elevación de un proyecto de ordenanza con el cual busca declarar como “esencial el trabajo de las y los municipales para, de esa manera, limitar sus medidas de fuerza.

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En las dos primeras fue sobre las que se centró el gremio al presentar un amparo sindical ante la Justicia. En él, concretamente, pide la “cesación inmediata” de lo que definió como una “conducta discriminatoria antisindical” del gobierno “que obstaculiza el ejercicio regular de los derechos de libertad sindical” y como una “práctica desleal” al “dejar sin efecto ilegítimamente derechos laborales adquiridos de los trabajadores municipales, como represalia por su participación en medidas legítimas de acción sindical, discriminándolos por el ejercicio de los derechos sindicales”.

En la presentación, desde el gremio argumentaron que se encuentra comprometido “el interés colectivo en el conflicto toda vez que no se trata de una sumatoria de reclamos individuales sino de una conducta antisindical y discriminatoria del Departamento Ejecutivo Municipal, que afecta, cualitativa y cuantitativamente, al conjunto de los trabajadores municipales”.

Sobre los descuentos de días de paro, el gremio también mencionó el aplicado el 4 de abril a las y los docentes municipales que se sumaron a una medida de fuerza nacional convocada por la Confederación de Trabajadores de la Educación (Ctera) contra el ajuste y recorte salarial dispuesto por el gobierno nacional.

Y sobre el decreto que anuló el presentismo en caso de sumarse a medidas de fuerza, el sindicato argumentó que el decreto firmado por Montenegro “no contiene en sus considerandos ninguna motivación válida y suficiente que pueda explicitar y fundar su causa jurídica y agravia derechos adquiridos de los trabajadores municipales y ejercitados pacíficamente durante más de 20 años, afectando derechos constitucionales como es el derecho de huelga”.

Pero además entendió que la medida dictada en medio de una negociación paritaria estancada “es una clara conducta antisindical, que agravia la esfera de derechos y garantidas de la libertad sindical en tanto sólo puede verse como una represalia al ejercicio del derecho legal a ‘realizar todas las actividades lícitas en defensa del interés de los trabajadores’ y de ‘defender ante el Estado y los empleadores los intereses individuales y colectivos de los trabajadores'”.

Entre otros argumentos, también sumaron críticas al proyecto de ordenanza que en medio del conflicto busca declarar como “esencial” su trabajo y plantearon que todo ello en su conjunto representa “una conducta antisindical que avanza ilegítimamente sobre la esfera de derechos del sindicato, pretendiendo retrogradar, por decisiones administrativas unilaterales, situaciones jurídicas ya consolidadas en el ámbito laboral municipal, alterando el contexto normativo en perjuicio de los trabajadores y de la organización gremial, justamente en el curso de una negociación colectiva cuya base institucional y legal es el diálogo constructivo de buena fe para llegar a un acuerdo”.

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03/05/2024