Lunes 29 de abril | Mar del Plata
22/04/2023

La Corte ordena que un jurado vuelva a juzgar a una pareja acusada de matar a un bebé

El juicio por jurados se realizó en 2019 y la pareja fue condenada, pero el proceso fue anulado por deficiencias en las instrucciones dadas el juez técnico.

La Corte ordena que un jurado vuelva a juzgar a una pareja acusada de matar a un bebé
(Foto: ilustrativa / Qué digital)

La Suprema Corte de Justicia confirmó la anulación de un juicio por jurados realizado en 2019 en Mar del Plata en el que una pareja fue declarada culpable de haber matado a un bebé de once meses (hijo de la mujer). Lo hizo al rechazar un recurso extraordinario interpuesto por el Ministerio Público Fiscal que buscaba revertir la decisión tomada en ese sentido por el Tribunal de Casación. De esta manera, un nuevo jurado popular deberá volver a juzgar a la pareja.

Con las demoras que acostumbra el Poder Judicial, la Suprema Corte bonaerense resolvió días atrás rechazar el recurso extraordinario del Ministerio Público Fiscal contra la decisión tomada en octubre de 2020 por sala I del Tribunal de Casación. En ese momento los jueces Ricardo Maidana, Daniel Carral y Ricardo Borinsky anularon el juicio por jurados realizado en febrero de 2019 en el cual fueron declarados culpables una mujer y un hombre por los delitos de “homicidio agravado por el vínculo” y “homicidio simple”. El juez que encabezó el proceso, Facundo Gómez Urso, les había impuesto las penas de prisión perpetua y doce años de prisión, respectivamente.

Las detenciones de Daiana Telechea y su pareja y padrastro del menor, Lucas Álvarez, se habían producido en noviembre de 2017, cuatro años después de la muerte del bebé de once meses ocurrida en enero de 2013 cuando la víctima ingresó al Hospital Materno Infantil sin signos vitales.

A partir de la autopsia practicada, se dictaminó que el bebé presentaba un “trauma cerrado de abdomen” que le provocó la muerte y la conclusión de los forenses fue que se estaba ante “una muerte traumática”. Eso derivó en la detención tanto de la madre del bebé como de su pareja.

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¿Por qué Casación anuló esa condena y el juicio por jurados? Porque entendió que el juez técnico, Gómez Urso, no le dio a los doce jurados populares las instrucciones necesarias para que también pudieran llegar a valorar el caso como un homicidio culposo –sin intención de causar la muerte, con una expectativa de pena menor– y no sólo doloso como únicamente postuló la fiscalía en su acusación.

Esa decisión tomada en 2020 por Casación fue por mayoría ya que uno de los tres jueces, Maidana, votó en disidencia y postuló confirmar la sentencia.

Ahora, la Suprema Corte analizó un recurso extraordinario interpuesto por el Ministerio Público Fiscal y sostenido por el procurador Julio Conte-Grand que pedía revertir la decisión de Casación y confirmar la sentencia del juicio por jurados. Pero los jueces de la Corte, Sergio Torres, Hilda Kogan, Luis Genoud y Daniel Soria lo rechazaron y por lo tanto confirmaron la anulación del juicio por jurados, que deberá volver a realizarse.

“Las instrucciones finales impartidas por el juez técnico al jurado popular no cumplieron con los requisitos necesarios para motivar debidamente el veredicto”, planteó Torres con la adhesión de todos sus colegas.

Y consideró: “Si bien las instrucciones finales deben ser el corolario del proceso de contienda entre las partes, ello no aconteció acá porque solo se contempló la hipótesis de la acusación (homicidio simple respecto de Álvarez y agravado por el vínculo con relación a Telechea, ambos con dolo eventual), dejando fuera del ámbito de discusión del jurado el análisis de los hechos a la luz de la figura de homicidio culposo, hipótesis que (…) tenía sustento no solo en los dichos de los acusados sino también en la prueba pericial y testimonial producida durante el juicio”.

Desde el Ministerio Público Fiscal habían entendido que el juez al momento de cerrar el debate “preguntó a los miembros del jurado si habían entendido” y que “consultó al fiscal y a las defensas si querían agregar alguna otra cuestión, frente a lo cual contestaron que no” por lo que sostenían que “las instrucciones impartidas por el juez a los jurados fueron consentidas por las partes de manera íntegra, sin observación alguna”.

A partir de la situación presentada en este juicio liderado por el juez Gómez Urso -que actualmente está suspendido de sus funciones por su actuación en el caso Lucía Pérez- el juez Torres de la Corte planteó la necesidad de adoptar medidas para “garantizar una mejor administración de justicia en los procedimientos de juicio por jurados y así evitar futuras nulidades”.

Para eso postuló que distintas áreas de la Corte “elaboren un modelo de instrucciones para ser utilizado en todos los departamentos judiciales de la Provincia a los fines de dotar a las instrucciones de un piso mínimo de claridad e igualdad”. Según sostuvo, con ello se “pretende brindar una herramienta útil para asegurar un justo equilibrio entre el sistema de juicio por jurados clásico y el derecho a contar con sentencias debidamente motivadas”.

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22/04/2023