Domingo 28 de abril | Mar del Plata
07/09/2021

Torres y Liva: Néstor Gustavo Arrativel fue absuelto al no poder enfrentar un juicio

Así lo decidió el Tribunal Oral en lo Criminal N°3. Resta definir detalles en torno a la medida de seguridad a adoptar con el hombre.

Torres y Liva: Néstor Gustavo Arrativel fue absuelto al no poder enfrentar un juicio
(Foto: archivo / Qué digital)

A casi 21 meses del histórico incendio en el depósito de Torres y Liva que afectó a la manzana de Rivadavia y 20 de Septiembre, la Justicia resolvió absolver a Néstor Gustavo Arrativel, de 53 años y único detenido por haber iniciado el fuego con una vela y bolsas de nylon en la caja del tablero de electricidad del edificio, por entender que no está en condiciones de afrontar un juicio ni de comprender sus actos.

El juez Juan Manuel Sueyro, del TOC N°3, resolvió absolver al hombre en virtud de su incapacidad para afrontar un debate, por lo que a partir de ahora solo restará definir la medida de seguridad que se adoptará para proteger a él y a terceros de sus propios actos. Además, pidió informes a la unidad penitenciaria para conocer las condiciones de detención.

Cuatro días después del incendio, a partir del peritaje de cámaras de seguridad, Arrativel había sido detenido por la Policía y salió a la luz el detrás de escena del histórico incendio, donde incluso se conocieron  hechos similares en los que había tenido participación. En paralelo, a partir de las pericias médicas, pudo corroborarse que el implicado había sido internado por un cuadro de “psicosis esquizofrénica tipo residual-crónica y tipo paranoide”, por lo cual se lo considera capaz de cometer actos peligrosos para sí y para terceros sin comprenderlos completamente, diagnóstico confirmado por la Asesoría Pericial.

En ese marco, las actuaciones llevadas adelante por el fiscal Juan Pablo Lódola a lo largo de la investigación determinaron, preliminarmente, que Arrativel había dado inicio al fuego en el mayorista y a partir de ello la titular del Juzgado de Garantías N°3, Rosa Frende, había dictaminado que la causa sea elevada a juicio. De todos modos, esa resolución preliminar del fiscal y la jueza ya apuntaba a lo que sucedería después: el dictamen de una medida de seguridad.

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La condición del imputado había llevado a la defensora oficial, María Victoria Sosa, a oponerse al pedido de elevación a juicio solicitado por el fiscal Lódola y pidió el sobreseimiento de Arrativel por considerarlo una persona inimputable, amparándose en informes médicos de psiquiatras de la Asesoría Pericial, que ya habían concluido que por su cuadro de salud mental, Arrativel no estaba “capacitado psíquicamente para estar sometido a proceso penal”, además de no comprender los alcances de ello ni la gravedad de los actos cometidos.

A la hora de resolver, el juez Sueyro descartó presentaciones de un particular damnificado que sostenía que el incendio se había iniciado en el interior del edificio -lo cual incluso beneficiaba la posición de Arrativel al respecto-, en virtud de lo demostrado por los peritos oficiales, y afirmó el incendio, efectivamente, se inició en uno de los tableros del inmueble por la acción del imputado.

Asimismo, el juez concluye en la participación de Arrativel en el hecho y que, además, el implicado no pudo comprender la criminalidad de sus actos. Incluso el propio juez escuchó la versión y las “irracionalidades” de Arrativel: “Dijo que la empresa dedicada al suministro eléctrico no había cambiado esas antiguas cajas, que tal omisión defraudaba a los usuarios y él actuó para revertir la situación“, reza el escrito judicial.

“La audiencia, la inmediación, me convirtió en testigo de sus irracionalidades, tal alteración del juicio se corresponder enteramente con las conclusiones de los psiquiatras que dictaminaron en la causa. Néstor Gustavo Arrativel no está en condiciones de comparecer a juicio ni comprendió la criminalidad de su acción”, sentenció el magistrado.

El juez, además de dictar la absolución de Arrativel y convocar a una audiencia a las partes para definir cómo y por cuánto se extenderá la medida de seguridad correspondiente, requirió informes a la Unidad Penal sobre las condiciones de detención del hombre en la cárcel de Batán.

A la hora de su detención, Arrativel no contaba con antecedentes y al menos desde 2002 vive en situación de calle, según de desprende del expediente. En la noche del 15 de diciembre de 2019, Arrativel colocó un dispositivo incendiario casero compuesto por una vela, hilos y bolsas de nylon dentro de una caja de electricidad que abastecía al edificio de Rivadavia y 20 de Septiembre, y allí se originó el histórico incendio.

Cuatro días después del gigantesco incendio, la Policía lo detuvo en la zona céntrica, y tenía en su poder numerosos elementos similares a los que había utilizado en el dispositivo hallado en la caja de electricidad del distribuidor.

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Además, con el peritaje de las cámaras de seguridad céntricas, pudieron determinar que el hombre había estado en la zona del incendio e, incluso, testigos declararon que lo habían visto en un comercio de Salta y Luro esa misma madrugada, donde la Policía Científica halló otro dispositivo incendiario de las mismas características y también en una caja de electricidad.

 

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07/09/2021