Viernes 26 de abril | Mar del Plata
18/11/2014

Crimen de Cufré: sobreseído pero encerrado

Se trata de uno de los menores acusado de ser coautor del hecho. La Cámara lo sobreseyó por tratarse de un caso “no punible”. Pero mantuvo vigente la medida de encierro hasta tanto se “determine cuál es la estrategia de abordaje adecuada para su situación”.

Crimen de Cufré: sobreseído pero encerrado

La familia de Rubén Cufré, el taxista asesinado el 23 de septiembre, estaba expectante y se oponía a que la Justicia dejara en libertad a uno de los menores acusado de haber participado del hecho. Finalmente, la Cámara de Apelaciones resolvió: el menor fue sobreseído del delito de homicidio por tratarse de un caso no punible, pero rechazó el pedido de dar por finalizada la medida cautelar de encierro. En ese sentido resolvió que deberá seguir alojado en el Centro Cerrado de Batán hasta tanto se “determine cuál es la estrategia de abordaje adecuada para su concreta situación”.

La resolución judicial de la Sala 1 de la Cámara de Apelaciones contiene tres puntos sustanciales. En el primero revoca parte de la resolución de la Jueza de Garantías interviniente María Fernanda Di Clemente y dicta el sobreseimiento del chico de 15 años en relación al delito de homicidio a partir tratarse de un caso no punible.

El segundo de los puntos ratifica los tramos de la resolución anterior que no dio lugar a la solicitud de falta de merito ni al cese de la medida cautelar de encierro “en virtud de no haberse agotado el objeto” de la investigación. Asimismo establece que el joven debe continuar “alojado provisoria y excepcionalmente en el Centro de Recepción, con mecanismos especiales de separación del resto de los jóvenes punibles y del coimputado”.

Según establece, eso debe mantenerse así hasta que la jueza interviniente “revise la primera evaluación que determine cuál es la estrategia de abordaje adecuada para su concreta situación”.

El tercer punto, en tanto, insta a la jueza Di Clemente a que  “se expida con la urgencia del caso, no solo con relación a lo expuesto en el punto precedente, sino también con referencia a la situación procesal del coimputado de la misma edad”.

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18/11/2014