Sábado 04 de mayo | Mar del Plata
21/04/2023

El gobierno extendió por 180 días el plazo para readecuar los decks 

El plazo original fijado en la ordenanza era el 30 de abril, pero el Ejecutivo decidió extenderlo en la reglamentación.

El gobierno extendió por 180 días el plazo para readecuar los decks 
(Foto: archivo / Qué digital)

A pocos días de vencerse el permiso que habilitó la continuidad de los primeros decks instalados en comercios de Mar del Plata que aún no cuentan con las características estructurales que establece la ordenanza aprobada sobre fines de 2022, el gobierno municipal estableció un nuevo plazo por 180 días para ejecutar el plan de readecuación y obras.

Sobre finales de 2022, el Concejo Deliberante aprobó -tras el impulso del oficialismo- el proyecto de ordenanza que reguló la instalación de los decks gastronómicos en Mar del Plata e institucionalizó así el programa “Comemos Afuera”, una alternativa que surgió originalmente en pandemia para incentivar el consumo en el sector, en medio de las restricciones sanitarias, a través de la instalación de los corredores.

En esa ordenanza se fijó que todos los locales gastronómicos interesados en ingresar al programa deben solicitar su permiso y otorgó plazo hasta este 30 de abril para la adecuación de los que ya habían sido entregados en el marco del decreto que estuvo vigente hasta el momento de sanción de la norma.

Sin embargo, a poco de vencerse de ese plazo el gobierno municipal estableció a través del decreto reglamentario de la ordenanza, publicado esta semana en el Boletín Oficial, un plazo de 180 días para ejecutar un plan de readecuación. En caso de no realizarlo, ahí sí el gobierno municipal podrá aplicar sanciones e incluso desinstalar los decks.

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“Los decks preexistentes (…) deben presentar un plan de readecuación que contenga la obra a realizar y los plazos para llevarla adelante, los que no podrán exceder los 180 días. Vencido este plazo sin culminar la adecuación comprometida, será pasible de las sanciones y remociones a costa del contribuyente”, establece el artículo 7 del decreto reglamentario.

A fines de noviembre pasado, al aprobarse la Ordenanza 27757  -no sin críticas de distintos sectores como el Colegio de Arquitectos al acusar el detrimento del espacio público a través de este tipo de iniciativas-, se establecieron una serie de nuevos requisitos en torno al funcionamiento, estructura y disposición de los decks.

Así, por ejemplo, la ordenanza aprobada estipula que los decks pueden coexistir con la instalación paralela de mesas y sillas en las veredas; deben dejar “espacio suficiente” para la circulación peatonal; los elementos publicitarios deben ser aprobados por la autoridad de aplicación; y en ningún caso deben “interferir con la visibilidad y de generar polución visual”.

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A su vez, en torno al pago de las tasas correspondientes por el uso del espacio público, se especifica que las instalaciones “estarán sujetas al pago de tributos que correspondan conforme las previsiones de las ordenanzas fiscal e impositiva del ejercicio 2023 en adelante” teniendo en cuenta que en 2022 quedaron eximidos. Sobre ese punto meses atrás desde la oposición cuestionaron que se fijó para este año la suma de apenas $9.800 anuales a pagar por cada metro cuadrado ocupado.

En cuanto a la estructura, deben estar montados sobre la calzada y en ningún caso extenderse por sobre la vereda pero además, en lo que respecta a la calzada, no deben tener ni desnivel ni escalones con la vereda a fin de facilitar su accesibilidad. En lo que también hace a la estructura, sí pueden tener semicubierta con toldos tipo sombrillas, de diseño y calidad adecuadas, y pueden instalar también sombrillones de tipo estructural resistentes y más seguridad a las inclemencias del tiempo.

El techado, además de detalles que apuntan al buen diseño y poca interferencia visual en el espacio público, se debe instalar según las siguientes modalidades en orden de preferencia: toldos a dos aguas o a un agua con pendiente a la calle, estructura con parante central o estructura con parantes en perímetro.

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En la reglamentación conocida esta semana, se estableció que los requerimientos para la instalación de decks se deben realizar a través del sitio oficial del Municipio en donde la persona titular del comercio gastronómico deberá completar un formulario que detalle las características estructurales junto a un plano firmado por un profesional y visado por el colegio profesional que corresponda.

La solicitud será revisada por la Subsecretaría de Inspección General, área encargada de evaluar la admisibilidad y de requerir modificaciones así como también “rechazar o dar curso a lo peticionado”.

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21/04/2023