Martes 30 de abril | Mar del Plata
26/03/2022

EDEA: vence el plazo para planes de pago de hasta 30 cuotas por deudas

Alcanzan a aquellos usuarios y usuarias comprendidos en los decretos que por la emergencia sanitaria prohibieron los cortes del servicio. Los detalles.

EDEA: vence el plazo para planes de pago de hasta 30 cuotas por deudas
(Foto: archivo / Qué digital)

La Empresa Distribuidora de Energía Atlántica (EDEA) comunicó que hasta el próximo 31 de marzo se encuentra abierta la posibilidad de acceder a planes de pago de hasta 30 cuotas a partir de deudas generadas durante la emergencia sanitaria por la pandemia del coronavirus. La medida alcanza a aquellos usuarios y usuarias que fueron comprendidos en los decretos vigentes desde 2020 por medio de los cuales se prohibieron los cortes del servicio a determinados sectores sociales ante la imposibilidad de pago.

En cumplimiento con una resolución del Organismo de Control de la Electricidad de Buenos Aires (Oceba) emitida el año pasado que dispuso que las distribuidoras de energía debían otorgar planes de facilidades de pago de “hasta 30 cuotas mensuales iguales y consecutivas, sin perjuicio de la facultad del usuario o usuaria de solicitar su cancelación con anterioridad y/o en menor cantidad de cuotas”, desde EDEA comunicaron que aquellas personas que hayan sido beneficiarias de las suspensiones de cortes podrán hasta este 31 de marzo realizar un convenio con una regulación especial de intereses de mora y financiación al 50%.

“Este beneficio, estará vigente hasta el 31 de marzo de 2022 por lo que les sugerimos que se adhieran al mismo lo antes posible para no verse perjudicados tanto por su vencimiento como por la posibilidad a partir de la fecha informada de producirse la suspensión del suministro por mora”, afirmaron desde la empresa en un comunicado.

También señalaron que para suscribir al convenio se deberá entrar a la oficina virtual desde la página edeaweb.com.ar, con el número de cuenta o DNI del titular.

El beneficio de la suspensión de cortes de servicio por falta de pago comenzó a regir a nivel provincial a partir de la adhesión al decreto nacional a partir del 25 de marzo de 2020 para las facturas con vencimiento a partir del 1° de marzo de 2020.

Desde ese momento la medida comprendió a beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo; de pensiones no contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el salario mínimo, y usuarios inscriptos en el régimen de monotributo social.

También a jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos salarios mínimos; a quienes cobran el seguro de desempleo; y monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el salario mínimo

A su vez, alcanzó a electrodependientes, usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares; exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.

Y también fueron incluidas las micro, pequeñas y medianas empresas; las cooperativas de trabajo o empresas recuperadas; las instituciones de salud, públicas y privadas afectadas en la emergencia; y las entidades de bien público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria.

Otros beneficiarios fueron usuarios particulares acreditando una merma de 50% o más en su capacidad de pago; monotributistas C y D y acrediten una merma del 50 % o más en su facturación mensual y asociaciones civiles constituidas como clubes de barrio, centro de jubilados, sociedades de fomento o centros culturales.

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26/03/2022