Sábado 04 de mayo | Mar del Plata
28/08/2023

Abuso en el camping de Miramar: juristas piden confirmar el veredicto del jurado popular

Se presentaron ante la Suprema Corte y solicitan que se revoque la anulación del juicio que terminó con la absolución de los tres jóvenes acusados.

Abuso en el camping de Miramar: juristas piden confirmar el veredicto del jurado popular
El juicio se realizó en un teatro durante la pandemia del coronavirus (Foto: archivo / Qué digital)

Un grupo de juristas se presentó ante la Suprema Corte bonaerense con el objetivo de ser aceptados como “amigos del tribunal” y pidieron que se confirme el veredicto de “no culpabilidad” dictado en septiembre de 2021 por un jurado popular en favor de los tres jóvenes acusados de haber abusado sexualmente de una adolescente de 14 años en el camping “El Durazno” de Miramar durante los festejos de Año Nuevo en 2019. De esa manera, buscan que se revoque la resolución dictada por el Tribunal de Casación que anuló el juicio por jurados y ordenó hacer uno nuevo.

Son dos las presentaciones que fueron realizadas ante la Suprema Corte bonaerense que tiene pendiente resolver los recursos que fueron presentados por las defensas de los tres jóvenes acusados (Lucas Pitman, Tomás Jaime y Juan Cruz Villalba) después de que a fines de 2021 el Tribunal de Casación decidiera anular el juicio por jurados y ordenar la realización de uno nuevo.

Con la firma de organizaciones del derecho, juristas, personalidades académicas y profesores y profesoras de universidades elevaron los escritos ante la Corte para ser incorporados como “amicus curiae” -amigos del tribunal- y se tengan en cuenta sus argumentos a la hora de resolver. Lo que piden es que se “revoque el fallo de la sala III de la Casación, se restaure el veredicto de no culpabilidad y se reafirme la constitucionalidad del sistema de jurados en los casos en que se juzgan denuncias de abuso sexual en la infancia”.

Entre los argumentos, los juristas sostienen que “la norma provincial que le impide al particular damnificado recurrir una absolución dictada tras el veredicto de un jurado es compatible con la Constitución Nacional y con los tratados de derechos humanos suscriptos por el Estado argentino” y que “la firmeza de la absolución de un jurado no puede ser burlada ni convertida en letra muerta indirectamente a través de una alegada nulidad no provocada por la defensa”.

Leer también:

En la presentación, aseguran que la decisión que tome la Suprema Corte marcará el sistema de juicios por jurados en Argentina: “De su resolución dependerá si mantendremos como hasta ahora un sistema de jurados de primer nivel mundial -que es un orgullo para el país y que está siendo objeto de admiración en el mundo entero- o si lo distorsionamos destruyendo -de manera directa u oblicua por vía de la nulidad- una de sus notas esenciales de todos los tiempos y culturas: la firmeza de sus veredictos absolutorios”.

Una de las características distintivas que presentan los juicios por jurados con relación a los que son realizaron por jueces técnicos es que ante un veredicto es de “no culpabilidad” las partes acusadoras -tanto la fiscalía como el particular damnificado (representante de la víctima o su familia)- no pueden apelar o recurrir la definición ante tribunales superiores.

Sin embargo, en el caso de el camping “El Durazno” el planteo del abogado de la familia de la víctima, Maximialiano Orsini, fue avalado por los jueces de Casación Víctor Violini y Ricardo Borinsky.

Leer también:

La negativa a que una representante de la Asesoría de Menores e Incapaces participara y acompañara a la víctima en su declaración brindada ante el jurado popular y cada una de las partes fue el argumento central tomado por los magistrados de Casación para dictar la nulidad del juicio por jurados en el que se declaró “no culpables” a los tres jóvenes y ordenar la realización de un nuevo juicio, también bajo la modalidad de jurado popular.

Entre los argumentos, Casación planteó que “negar intervención a la Asesora de Incapaces en el acto de declaración de la menor en el debate oral, ha supuesto un claro avasallamiento a los derechos reconocidos a la joven víctima a contar con la asistencia especializada que refiere la normativa”, y sostuvo que ello “supone una violación del debido proceso que conduce necesariamente a la nulidad del juicio”.

Para eso los jueces reseñaron diversas normativas como la Ley Orgánica del Ministerio Público -14.442-  que establece en uno de sus artículos los deberes y atribuciones del Asesor de Incapaces, entre ellos “intervenir en todo asunto judicial o extrajudicial que interese a la persona o bienes de los incapaces, cuando las leyes lo dispongan, so pena de nulidad de todo acto o proceso que tuviere lugar sin su participación, sin perjuicio de la responsabilidad de quienes – por acción u omisión- la hubieren impedido”  y “asistir al incapaz en toda audiencia ante los jueces de la causa, cuanto de cualquier otro magistrado que requiera su comparendo”.

Los juristas al presentarse ante la Corte consideraron que en esa definición el Tribunal de Casación ,”basado una supuesta nulidad no provocada por la defensa, arrasó con la soberanía del veredicto del jurado popular y su consiguiente firmeza” y afirmaron que “comprometió a todo el sistema de jurados bonaerense, a su legislación, a su jurisprudencia y a su práctica” ya que “resolvió admitiendo una queja de la parte acusadora que, según la ley vigente, no tiene ningún recurso contra la absolución, ni atribuciones legales para pedir un nuevo juicio,  ni siquiera cuando invoca una nulidad, por más ‘de orden público’ que se la catalogue”.

Leer también:

De esa manera, aseguraron que ahora la Suprema Corte bonaerense “tiene la misión de restaurar el veredicto soberano y firme del jurado popular y de proteger la acertada legislación y jurisprudencia bonaerenses sobre la irrecurribilidad de los veredictos de no culpabilidad, que se inscribe en una práctica de siglos del sistema de jurados y que constituye uno de sus pilares esenciales”.

Entre los juristas firmantes, patrocinados por Felipe Granillo Fernández, aparecen Alberto Binder (Inecip), Héctor Granillo Fernández (AAJJ), Rosario Sánchez (CALP), Maximiliano Rusconi, Roberto Gargarella, Silvina Ramírez, Patricia Cóppola y Alberto Bovino (No hay derecho), Edmundo Hendler, Martín Sabelli (Escuela Latinoamericana de Defensores) y Juan Galarreta (Red de Jueces Penales Bonaerenses), entre varios otros.

EL CASO

El hecho se produjo durante la madrugada del 1° de enero de 2019 en el camping “El Durazno” de Miramar, hasta donde llegó la Policía alrededor de las 7 de la mañana advertida por la situación. Allí la familia de la víctima expuso que la adolescente de 14 años había sido abusada sexualmente en el interior de una carpa -ubicada a unos 40 metros de distancia de la suya- y en ese contexto cinco señalados como autores del hecho fueron identificados y demorados por la Policía.

Semanas después del hecho dos de los cinco acusados fueron liberados y no llegaron al juicio ya que la víctima no reconoció que ambos hubieran formado parte del hecho.

A lo largo del juicio por jurados declaró Pitman como parte de la estrategia de su defensa, encabezada por la abogada Noelia Agüero, por medio de la cual sostuvo la inexistencia de abuso sexual y, en cambio, la existencia de un acto “consentido”. A lo largo de la investigación el informe de comparación de ADN a partir de rastros levantados en el lugar del hecho y los obtenidos de los hisopados a la víctima y en prendas de los imputados había arrojado compatibilidad con Pitman.

Las otras dos defensas -encabezadas por los abogados Martín Bernat y Marcelo Jiménez- sostuvieron a lo largo del debate la falta de pruebas respecto a la participación de Jaime y Villalba en el hecho.

Ver más: , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,

28/08/2023