Martes 30 de abril | Mar del Plata
15/07/2022

Condenan a ocho años de prisión al joven que atropelló y mató a Matías González

Los jueces impusieron la calificación de homicidio con dolo eventual por el siniestro vial se produjo en octubre de 2019 en Fortunato de la Plaza y Udine.

Condenan a ocho años de prisión al joven que atropelló y mató a Matías González
(Fotos: Qué digital)

El joven de 22 años que atropelló y mató a Matías González Murcia, de 29 años, el 15 de octubre de 2019, fue condenado a ocho años de prisión por el Tribunal Oral en lo Criminal N°4 de Mar del Plata bajo el delito de homicidio con dolo eventual, al dar por acreditado que el imputado se representó que podía causar el siniestro y su resultado a partir de las condiciones en las que se produjo.

A dos años y nueve meses del hecho, Franco Cáceres empezó a ser juzgado la semana pasada por el TOC N°4 y al debate llegó excarcelado, y así se mantendrá hasta que la sentencia sea confirmada ante la posibilidad de la defensa de apelarla.

Es que la familia de la víctima, en su rol de particular damnificado en la causa con la representación del abogado Maximiliano Orsini, solicitó la excarcelación tiempo atrás con el objetivo de que no computara parte de la pena a aplicarse en el juicio en su casa ya que se le había otorgado la prisión domiciliaria a la espera del debate.

Finalmente, este viernes los jueces Alfredo Deleonardis, Gustavo Fissore y Mariana Irianni -estuvo ausente al momento de la lectura- dieron a conocer la sentencia en la que impusieron al joven la pena de ocho años de prisión por los delitos de homicidio con dolo eventual y resistencia a la autoridad y diez años de inhabilitación para conducir.

Los jueces dieron por probado que el conductor se desplazaba a no menos de 110 kilómetros por hora, que lo hacía de manera zigzagueante sobre la avenida por fuera de su carril y que no lo hacía con la licencia de conducir habilitante ya que nunca la había tramitado. Además, plantearon que las condiciones para el manejo y de visibilidad eran óptimas, al igual que las del auto.

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A la hora de valorar la pena, tuvieron en cuenta como atenuantes la falta de antecedentes penales y el perdón y arrepentimiento mostrado hacia la familia de la víctima, al tener en cuenta una infancia compleja atravesada en materia familiar.

El debate principal del juicio se centró en la calificación del delito a aplicar en la condena, una discusión reiterada en diversos casos previos en torno a siniestros viales en Mar del Plata.

El particular damnificado y la fiscalía, representada por Rodolfo Moure -también ausente durante la lectura de la sentencia-, acusaron que se trató de un homicidio simple con dolo eventual, es decir que el acusado se representó a partir de distintas particularidades e infracciones cometidas que podía provocar un siniestro de estas características, y pidieron una condena de diez años de prisión.

De manera alternativa, en caso de que los jueces descartaran esa figura, mantuvieron la acusación por homicidio culposo agravado (por el abandono de la víctima y la velocidad con la que circulaba al momento del impacto) y pidieron la pena máxima contemplada de 6 años de prisión.

Al volcarse por la calificación del homicidio con dolo eventual, el juez Fissore en su voto definió que Caceres actuó con un “desprecio absoluto por el otro” y remarcó que conocía que con una conducción imprudente como la que realizó podía cometer un siniestro de las características de las ocurridas. Asimismo graficó que la figura penal implica en estos casos la existencia de “indiferencia” o la actitud de “qué me importa” al conocer los resultados posibles.

Además, el magistrado aclaró que efectivamente el acusado -tal como lo declaró al pedir disculpas- “no deseaba causar la muerte” de la víctima ya que incluso intentó esquivarlo y detener la marcha, pero reparó en que el “deseo” de causar la muerte de alguien no es contemplado en la figura del dolo eventual si no que en ese caso se estaría ante un “dolo directo”.

EL HECHO

El siniestro vial se produjo el 15 de octubre de 2019 cuando un auto Volkswagen Bora embistió mientras se desplazaba a más de 110 kilómetros por hora a Matías González en la avenida Fortunato de la Plaza y Udine, y luego se dio a la fuga.

La víctima murió en el acto y al llegar los oficiales del Comando de Patrullas Sur, el cuerpo del joven yacía sobre el asfalto. A partir de ese momento, comenzaron las averiguaciones para dar con el paradero del conductor del vehículo.

Al día siguiente del hecho los investigadores detectaron el lugar donde estaría el auto involucrado, por lo que la Policía fue hasta allí y observó el auto, con golpes en el frente y el parabrisas roto. Al intentar interceptarlo cuando el conductor se disponía a estacionar en la casa, comenzó a escapar, aceleró en dirección a uno de los efectivos y finalmente logró continuar la marcha pero abandonó el auto en Heguillor y Calabria y logró huir a pie. Finalmente, diez días después, se entregó en Tribunales.

Este último hecho también fue motivo de acusación en el juicio, y de condena bajo la calificación de resistencia a la autoridad, en contra del planteo del abogado defensor Mariano Ayesa.

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15/07/2022