Domingo 28 de abril | Mar del Plata
04/05/2023

Condenaron a prisión perpetua al represor Juan Miguel Wolk

Escuchó la sentencia de la causa “Hogar de Belén” que se tramita en La Plata desde la prisión domiciliaria que cumple en Mar del Plata.

Condenaron a prisión perpetua al represor Juan Miguel Wolk

El represor Juan Miguel Wolk, que desde 2016 cumple prisión domiciliaria en Mar del Plata, fue condenado a prisión perpetua en el juicio conocido como “Hogar de Belén” que se llevó a cabo en La Plata desde el año pasado y que lo tuvo como uno de los expolicías acusados por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico militar.

La sentencia contra Wolk fue dictada este jueves por el Tribunal Oral Federal Nº1 de La Plata integrado por José Antonio Michilini, Nelson Jarazo y Andrés Basso mientras el expolicía, en paralelo, sigue siendo juzgado en otro proceso, iniciado en 2020, por crímenes cometidos en tres centros clandestinos conocidos como “Pozo de Banfield”, “Pozo de Quilmes” y “El Infierno”.

La condena a prisión perpetua en su contra la escuchó desde su casa de Mar del Plata, donde cumple prisión domiciliaria desde 2016 a metros de la entrada del Bosque Peralta Ramos.

La condena, en sintonía con lo pedido por la fiscalía, fue impuesta por ser considerado coautor de homicidio calificado por haberse cometido con ensañamiento, alevosía, utilización de medios idóneos para crear un peligro común y con el concurso premeditado de dos o más personas contra las seis víctimas del proceso. La calificación -por voto mayoritario de los jueces- incluye su consideración como crimen de genocidio y delitos de lesa humanidad.

La misma acusación recaía sobre el ex director de Investigaciones de la Policía bonaerense, Miguel Etchecolatz, que falleció el año pasado.

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En la sentencia, los jueces también impusieron condenas a perpetua a los acusados Jaime Smart y otros cinco ex policías bonaerenses que se desempeñaban al momento de los hechos en la Brigada de Investigaciones de Lanús: Roberto Guillermo Catinari, Héctor Raúl Francescangeli, Armando Antonio Calabro, José Augusto López y Rubén Carlos Chávez.

Por su parte, a la exsecretaria del Tribunal de Menores N°1 de Lomas de Zamora, Nora Susana Pellicer, se le impuso la pena de 5 años de prisión por los delitos de ocultamiento de un menor y alteración de estado civil reiterado en tres casos.

EL CASO

El juicio se concentró sobre dos masacres perpetradas en marzo de 1977 en Almirante Brown y Lavallol, que culminaron con los homicidios de seis personas y la apropiación de tres hermanos: Alejandro, María Ester y Carlos Ramírez, cuando tenían 2, 4 y 5 años.

Las víctimas de las matanzas fueron María Florencia Ruival, José Luis Alvarenga, Vicenta Orrego Meza de Ramírez (madre de Carlos, Alejandro y María Ester), Pedro Juan Berger, Narcisa Adelaida Encinas y Andrés Steketee.

Tras el asesinato de su madre, que fue víctima de uno de los procedimientos, la niña y los niños fueron confinados en un hogar (denominado “Pequeño Hogar de Belén”) hasta los últimos días de la dictadura por disposición del Poder Judicial, y sometidos a malos tratos y abusos sexuales, impidiendo además que su padre y su tía paterna conocieran su paradero.

De acuerdo con la causa, tras la masacre perpetrada la niña y los niños -uno de ellos herido de bala- fueron retenidos y ocultados de su familia biológica, con la actuación indispensable del personal del Tribunal de Menores Nº1 de Lomas de Zamora, a cargo entonces de la jueza Marta Delia Pons (fallecida).

En el final de la dictadura, la Corte Suprema hizo lugar a la petición de su padre, Julio Ramírez, y restituyó los hermanos a la familia biológica. La niña y los dos niños se refugiaron en Suecia y viven allí desde entonces, junto a su padre, quien para la época de los hechos estaba en la cárcel, detenido por razones políticas.

A partir de los pedidos realizados por fiscales Juan Martín Nogueira y Ana Oberlin los jueces dispusieron remitir la sentencia a las autoridades que correspondan en busca de que el “Hogar de Belén” -al que todavía asisten niños y niñas- deje de funcionar en ese lugar para que el edificio pase a ser un espacio de memoria.

También dispusieron enviar la sentencia a los diarios Clarín, La Nación, Crónica y La Prensa para que rectifiquen información publicada al momento de ocurridos los hechos en 1977 ya que “se plegaron un relato oficial y tergiversaron la realidad de lo sucedido” en sintonía con lo planeado por los represores, según señalaron los fiscales.

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04/05/2023