Lunes 29 de abril | Mar del Plata
27/09/2021

Femicidio de Juana Peralta: la Corte confirmó la condena a perpetua de Valladolid

Rechazó un recurso que había interpuesto la defensa del hombre de 66 años que sostenía que, por su edad, la pena “es una condena a muerte”.

Femicidio de Juana Peralta: la Corte confirmó la condena a perpetua de Valladolid
(Fotos: archivo / Qué digital)

La Suprema Corte de Justicia confirmó la condena a prisión perpetua que le fue impuesta a mediados de 2019 en Mar del Plata a un hombre que golpeó y estranguló hasta la muerte a su pareja, de 83 años. Lo hizo al rechazar un recurso que había interpuesto la defensa del hombre de 66 años que sostenía que la pena “es una condena a muerte” teniendo en cuenta su edad.

Fue el 19 de julio de 2019, en una sala de audiencias vacía sin presencia de allegados ni familiares y solo con los funcionarios judiciales y un puñado de periodistas, cuando Mario Patricio Populín Valladolid fue condenado a la pena de prisión perpetua por el femicidio de su pareja, Juana Peralta, en sintonía con lo que había pedido el fiscal del caso, Fernando Castro, y contra lo que había requerido su abogado defensor, Mauricio Varela, que apuntó a lograr la absolución del hombre al cuestionar la autoría del hecho.

De esa manera, los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal N°1 Pablo Viñas, Facundo Gómez Urso y Juan Galarreta condenaron Populín Valladolid bajo la acusación de homicidio agravado por el vínculo y por mediar violencia de género.

Tras la sentencia, el abogado Varela recurrió la sentencia al Tribunal de Casación, que el año pasado confirmó la sentencia. Y tras esa decisión Casación concedió parcialmente un recurso extraordinario con el que el abogado defensor llegó a la Corte bajo un planteo de
inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua.

En su presentación, el abogado expuso que la pena a perpetua es una “condena a muerte” teniendo en cuenta los 66 años del hombre y por lo que “recién podría acceder a libertad condicional una vez cumplidos cien años de vida”. “La duración del encierro carcelario no podrá variar por decisiones que se adopten en la etapa de ejecución atendiendo a los fines preventivos especiales o de resocialización, mediante la libertad condicional, las salidas transitorias, el régimen de semilibertad, y otras posibilidades de flexibilización”, sostuvo. Y consideró que la condena es “desproporcionada” y “afecta las garantías de culpabilidad, de humanidad y proporcionalidad de las penas, igualdad ante la ley y derecho a la resocialización”.

El juez de la Corte Daniel Soria en su voto -al que adhirieron sus colegas Hilda Kogan, Luis Esteban Genoud y Sergio Torres- entendió que el defensor “efectuó meras consideraciones dogmáticas, sin ningún esfuerzo por evidenciar de qué manera” las particularidades del hecho y las condiciones personales de Populin Valladolid “permitirían descalificar el juicio de reproche, que conlleva una pena absoluta, por desproporcionado y violatorio de los principios de culpabilidad, dignidad humana, igualdad ante la ley y resocialización”.

Y concluyó que el pedido de inconstitucionalidad “exige un esfuerzo mayor para demostrar la relación directa e inmediata entre las particularidades del hecho cometido, las condiciones personales del imputado y las garantías constitucionales supuestamente afectadas por la pena impuesta”.

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EL CASO

El cuerpo sin vida de Juana Gladys Peralta fue encontrado el 13 de octubre de 2016 en su casa de Falucho y Grecia, en el barrio Las Lilas, por una persona que había comprado recientemente la vivienda y quien, al no tener noticias de sus propietarios, se había dirigido hasta el lugar.

En aquella jornada, la policía retiró el cadáver y se confirmó que la mujer había sido estrangulada con un cinturón. Además, presentaba golpes en la cabeza y otras partes de su cuerpo. Se estima que el homicidio se produjo entre el 8 y el 10 de octubre y que el atacante primero dejó inconsciente a la víctima a través de los golpes y luego le produjo una asfixia mecánica, a partir de estrangularla con el cinturón.

Desde un primer momento, el principal sospechoso fue la pareja de la mujer, casi 20 años menor que ella. Sin embargo el hombre no fue hallado en el lugar por lo que comenzó a ser buscado. Y en ese marco, y ya con pruebas más sólidas, en febrero de 2017 Populín quedó en calidad de prófugo para luego ser detenido el 13 de marzo.

A lo largo de la investigación, la fiscalía sumó pruebas que dieron cuenta de antecedentes de violencia de género por parte del hombre: incluso en la vivienda de la mujer hallaron documentación vinculada a los trámites realizados para pedir medidas de restricción de acercamiento por parte de la víctima.

 

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27/09/2021