Domingo 28 de abril | Mar del Plata
10/06/2023

Prostitución: la fiscalía general pide revocar el segundo rechazo del amparo

El fiscal Daniel Adler impulsa el avance de la causa iniciada por el Comité contra la Trata contra la ordenanza regulatoria.

Prostitución: la fiscalía general pide revocar el segundo rechazo del amparo
(Foto: archivo / Qué digital)

La fiscalía general federal de Mar del Plata volvió a respaldar la causa impulsada por el Comite de Lucha contra la Trata de Personas contra la ordenanza municipal que reguló el ejercicio de la prostitución en la ciudad y pidió que se revoque el segundo rechazo del amparo que firmó meses atrás el juez Alfredo López.

El dictamen del fiscal general Daniel Adler fue incorporado en los últimos días a la tramitación de la causa después de que en abril pasado el titular del Juzgado Federal N°4 de Mar del Plata, Alfredo López, rechazara por segunda vez el amparo impulsado por el Comité de Lucha contra la Trata de Personas, dependiente del gobierno nacional, que busca frenar la ejecución de la norma y que posteriormente se la declare inconstitucional.

Es que tras ese segundo fallo de López dictado en abril, el comité que encabeza Gustavo Vera -histórico referente de la lucha contra la trata de personas y ahora funcionario nacional- apeló nuevamente esa decisión y ahora es la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata la que debe resolver si confirma o revoca ese rechazo al amparo.

Previo a esa decisión, los jueces Alejandro Tazza y Eduardo Jiménez pidieron al fiscal general un nuevo dictamen sobre la situación y así fue que en las últimas horas se agregó el escrito el expediente, a la espera de la decisión de los camaristas.

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Adler pidió a los jueces que revoquen “de manera absoluta” la decisión de López con la cual rechazó por segunda vez el amparo bajo los argumentos de que el organismo que depende de la Jefatura de Gabinete nacional carece de “legitimación” y “representación adecuada”, pese a que ya en marzo la Cámara de Apelaciones había revocado una decisión previa suya en el mismo sentido y había reconocido la capacidad procesal del organismo para impulsar la acción judicial.

Justamente esa particularidad fue la remarcada por el fiscal en su dictamen: planteó que el magistrado en su resolución “reeditó el análisis de cuestiones que se encontraban precluidas” al tener hacer énfasis en la resolución de la Cámara que en marzo revocó el primer rechazo al amparo al cuestionar buena parte de los argumentos que volvió a utilizar el juez en su segundo rechazo.

“Todo el decisorio en crisis resulta inválido por desconocer un precedente del Superior que ya ha resuelto sobre la cuestión que el juez ha intentado reeditar”, apuntó Adler y remarcó que eso “bastaría” para solicitar la “revocación expresa” del fallo de López.

Sin embargo, también analizó otros puntos mencionados por López en su resolución, señaló que el caso “se centra en el dictado de una ordenanza municipal por parte del Partido de General Pueyrredon, que no solo controvertiría derechos constitucionales, según lo expresa la actora, sino que además violentaría acuerdos internacionales” y advirtió que “esta violación practicada por un Municipio coloca a la República Argentina ante el riesgo de sufrir una condena por responsabilidad internacional”.

Sobre otro de los argumentos de López, la falta de individulización del colectivo afectado por la medida y al que se pretende proteger a través del amparo, el fiscal insistió en que “el grupo tutelado surge prístino desde que sólo pueden ser objeto de la normativa denunciada como inconstitucional aquellas personas que ejerzan la prostitución dentro de los límites del Partido de General Pueyrredon”.

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La Ordenanza 25.590 fue aprobada en junio de año pasado por el Concejo Deliberante y facultó al gobierno municipal a establecer zonas para la “demanda y oferta de sexo” en la vía pública, en busca de regular la actividad y así la limitó a un sector alejado de la ciudad. Si bien en principio se iban a fijar distintas zonas sin frentistas, la decisión terminó por definir la limitación de la actividad sobre avenida 10 de Febrero entre Cacique Chuyantuya y Juan Cutay, sobre una zona de 300 metros y detrás del cementerio. Desde su puesta en marcha, en septiembre, sigue siendo la única zona habilitada.

La normativa establece para quienes desarrollan la actividad por fuera de ese sector la imposición de multas desde los $256 mil hasta $1,2 millón -a valores definidos en mayo- y arrestos de 5 a 30 días

“El Comité Ejecutivo de Lucha contra la Trata continuará bregando por las distintas vías legales que tenga a su alcance para la derogación definitiva de la normativa impugnada”, señalaron desde el organismo al dar a conocer el respaldo dado en el dictamen fiscal de cara a la nueva decisión de la Cámara.

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10/06/2023