Viernes 26 de abril | Mar del Plata
30/05/2016

Casación le redujo seis meses la condena al violador Napolitano

Mantuvo prácticamente igual la pena de 35 años impuesta por el tribunal de primera instancia. Además, ratificó la declaración de reincidente por lo que no podrá acceder a la libertad condicional. Desde la Fiscalía se mostraron conformes.

Casación le redujo seis meses la condena al violador Napolitano
(Foto: archivo / QUÉ Digital)

En sintonía con lo resuelto por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) Nº 4 en julio pasado cuando se condenó al violador Claudio Napolitano a 35 años de prisión, la Cámara de Casación redujo sólo en seis meses la pena dispuesta y ratificó la declaración de reincidente, por lo que no podrá acceder a la libertad condicional y solo podrá salir, mediante libertad asistida, seis meses antes de finalizada su condena.

Según explicó la fiscal del caso, María Isabel Sánchez, la resolución de la Cámara de Casación a partir de las apelaciones respectivas fue un “fallo sorpresivo” ya que existía la duda respecto a si la condena iba a ser reducida considerablemente. En este sentido, la representante del Ministerio Público Fiscal valoró la decisión y explicó que el tribunal hizo lugar a todos los planteos que fueron establecidos por los jueces de primera instancia durante el juicio.

En julio del año pasado los jueces Alfredo De Leonardis, Gustavo Fissore y Jorge Peralta condenaron a Napolitano a 35 años de prisión por 16 delitos cometidos en el marco de 8 hechos acreditados y cometidos entre 2009 y 2013, calificados como abuso sexual agravado por acceso carnal y uso de arma de fuego, abuso sexual gravemente ultrajante agravado por acceso carnal y uso de arma de fuego, robo calificado agravado por el uso de arma de fuego y abuso de arma de fuego con lesiones.

La fiscal destacó el hecho de que la resolución de Casación mantuvo la figura del instituto de la reincidencia lo que permitirá que Napolitano no pueda acceder a la libertad condicional y solo podrá salir, mediante libertad asistida, seis meses antes de finalizada su condena. En este sentido, Sánchez remarcó que este fallo sienta un “importante precedente” para casos de características similares.

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30/05/2016