Jueves 25 de abril | Mar del Plata
14/03/2023

Lucía Pérez: la Defensoría General denunció un “contexto intimidante”

La defensora general Cecilia Boeri emitió una declaración en la que afirmó que “de un proceso contaminado no puede derivarse una sentencia válida”

Lucía Pérez: la Defensoría General denunció un “contexto intimidante”
(Fotos: archivo / Qué digital)

El segundo juicio por Lucía Pérez quedó envuelto, a la espera de la sentencia, en una fuerte polémica y denuncias por parte de la defensa de los dos acusados. Después de que los jueces rechazaran el pedido de nulidad y de recusación formulado, desde la Defensoría General de Mar del Plata emitieron una comunicación en la que respaldaron esa solicitud, denunciaron la existencia de un “contexto intimidante” y afirmaron que “de un proceso contaminado no puede derivarse una sentencia válida”.

El comunicado fue emitido por la defensora general de Mar del Plata, Cecilia Boeri, a modo de respaldo del accionar de Laura Solari, la defensora del principal acusado, Matías Farías, quien en los últimos días pidió la nulidad del segundo juicio y la recusación de los jueces Gustavo Fissore, Alexis Simaz y Roberto Falcone.

Como respuesta, este lunes los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminan N°2 rechazaron esos pedidos, elevaron su resolución a la Cámara de Apelación y Garantías y postergaron la sentencia para el jueves 23 de marzo.

En ese contexto, este martes Boeri -que también estuvo presente en algunas de las audiencias del juicio- emitió una comunicación en la que respaldó los argumentos vertidos por Solari para sostener que se está ante un “juicio nulo” ante una “alarmante intromisión del Poder Ejecutivo” en el proceso a partir de declaraciones del presidente de la Nación, Alberto Fernández, y de dichos del secretario de Derechos Humanos de la Nación, Horacio Pietragalla Corti.

Leer también:

“Las advertencias presidenciales infunden un razonable y objetivo temor sobre la afectación de la imparcialidad del Tribunal, independientemente del inverificable ánimo de los magistrados, pues las promesas y advertencias del Poder Ejecutivo constituyen sin duda una intromisión de inusitada gravedad“, entendió la defensora general.

Sobre la izquierda, la defensora general Cecilia Boeri

La semana pasada, Alberto Fernández, tras haber recibido en Chapadmalal a la mamá y al papá de Lucía Pérez, afirmó que se estaba ante un femicidio -delito que es motivo de discusión en el juicio-, que “no se va a permitir la impunidad” y que la familia contaba “con la fuerza y la presencia del Poder Ejecutivo en este nuevo juicio”.

Desde la Defensoría General citaron un artículo de la Constitución Nacional (109) que “prohíbe al presidente arrogarse funciones judiciales y puntualmente el conocimiento de causas pendientes”.

“Dicha injerencia implicó la promesa de apoyo a las pretensiones de los padres de Lucía Pérez, quienes adelantaron que en caso de no obtenerse la condena esperada, solicitarán el jury a los integrantes del Tribunal, lo que resulta premonitorio pues son denunciantes en el jury iniciado contra los jueces que dictaron la anteriores sentencia absolutoria, proceso que se encuentra abierto simultáneamente con el presente”, planteó Boeri y remarcó que “el pronunciamiento presidencial tuvo lugar en coincidencia con la etapa de deliberación de la sentencia”.

Leer también:

Así, definió que se está ante un “contexto intimidante” e indicó que para este martes se programó por parte del Jurado de Enjuiciamiento bonaerense la audiencia preliminar que dará inicio al jury contra Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas, jueces del primer juicio -en el que se absolvió a los acusados por los delitos de abuso sexual y femicidio- que están separados de sus cargos desde 2021 a la espera del proceso.

“La injerencia denunciada no lo ha sido con el fin de liberar a alguien de la persecución penal, sino para impulsar su condena y la pérdida de su libertad”, enfatizó la defensora en otro tramo de su comunicación y entendió que “la garantía que asegura al perseguido penalmente que contará con jueces imparciales se encuentra comprometida, ante la probada y grave injerencia del señor Presidente de la Nación”.

De esta manera, concluyó que “a los derechos constitucionales del imputado, se corresponde el deber de su defensor de activar las acciones necesarias para hacer efectiva la garantía cuando ésta es conculcada, pues de un proceso contaminado por violaciones constitucionales, internas o externas, no puede derivarse una sentencia válida, imponiéndose la nulidad del juicio cuando se comprueba la afectación institucional de la independencia e imparcialidad del Tribunal”. Y cuestionó “inmerecidos ataques” hacia Solari “por parte de otros funcionarios del Poder Ejecutivo”.

EL CASO

Como parte del juicio en el que Tribunal Oral en lo Criminal N°2 deberá dictar la sentencia, la existencia o no de un abuso sexual en medio del cual se produjo la muerte de Lucía Pérez, de 16 años, fue el eje del proceso.

La investigación del caso da cuenta que el principal acusado, Matías Farías, había conocido a Lucía Pérez el viernes 7 de octubre de 2016 al venderle marihuana junto a una amiga afuera de la Escuela Media N°3. A eso le siguió un intercambio de mensajes que derivó en que al día siguiente, el sábado 8, la pasaran a buscar en la camioneta del segundo acusado, Juan Pablo Offidani -en la misma que se desplazaban al momento de la venta de drogas-, para ir hasta la casa de Farías.

Desde el inicio del debate las partes acusadoras sostienen que Farías concretó allí el abuso sexual tras la provisión de drogas -cocaína-, lo que causó una “asfixia tóxica” que provocó la muerte de la adolescente en medio de una situación de vulnerabilidad. Para las defensas se trató, en cambio, de “relaciones sexuales consentidas”.

En los alegatos, el fiscal Leandro Arévalo pidió la condena de prisión perpetua para Farías por considerarlo autor de los delitos y 20 años para Offidani como partícipe secundario. Las abogadas de la familia de Lucía, Verónica Heredia y María Florencia Piermarini, solicitaron perpetua para los dos al entender que Offidani fue partícipe necesario y no secundario. Las defensas, a cargo de Solari (Farías) y César Sivo (Offidani), requirieron la absolución de ambos al entender que no existió delito en la muerte de la adolescente.

Ver más: , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,

14/03/2023