Lunes 29 de abril | Mar del Plata
16/04/2024

Avanza la prohibición de circular en motos con caños de escape modificados

Las comisiones del Concejo introdujeron cambios en el proyecto de ordenanza que está en debate hace casi un año.

Avanza la prohibición de circular en motos con caños de escape modificados
(Foto: ilustrativa / Qué digital)

Con la introducción de varias modificaciones con respecto a la redacción original, el proyecto de ordenanza que apunta a prohibir la circulación de motos con caños de escape que no estén homologados o que hayan sido modificados y provoquen fuertes ruidos registró un nuevo avance en las comisiones internas del Concejo Deliberante a un año de su presentación y quedó en condiciones de ser tratado y aprobado en la próxima sesión.

El proyecto de ordenanza fue presentado hace un año por Unión por la Patria y tras varios tratamientos y cambios de opiniones entre concejales y distintas áreas municipales en las últimas semanas fueron acordados cambios en la redacción del expediente.

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Este lunes en la comisión de Legislación el proyecto obtuvo despacho por unanimidad, a partir de los cambios incorporados, y de esa manera quedó en condiciones de ser aprobado y convertirse en ordenanza durante la próxima sesión del Concejo.

Puntualmente, el expediente como punto principal fija la prohibición en el partido de General Pueyrredon de la “circulación de motocicletas que no posean caño de escape homologado o que el mismo haya sido modificado, así como aquellos que produzcan ruido de impacto por aceleración, desgaste, estar defectuosos, carecer de silenciador u otros mecanismos”.

Si bien a lo largo del debate desde el oficialismo habían reparado en la existencia de dos ordenanzas referidas a “ruidos molestos” que ya contemplan situaciones como las tratadas en el expediente, desde la oposición remarcaron de todas maneras la necesidad de sancionar una normativa específica para regular la circulación de las motos. Y por eso uno de los cambios incorporados fue fijar la no aplicación de los artículos de esas dos normas que se refieren a la temática.

Se trata de la ordenanza N° 4544 que establece sanciones para “la habilitación o circulación de vehículos automotores sin silenciadores de escape o que posean silenciadores deficientes o insuficientes” y de la13972 que también prevé sanciones para “quien circule en vehículos sin el dispositivo silenciador del escape que amortigüe las explosiones del motor”.

A su vez, con respecto a la redacción original del proyecto, se quitaron de la prohibición a los cuatriciclos y otros “vehículos de cualquier tipo y cilindrada” y también se eliminó la prohibición de venta e instalación de esos instrumentos. Uno de los puntos marcados por el oficialismo había sido la existencia de puntos de venta de esos elementos para actividades deportivas como por ejemplo las competencias del Enduro.

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Ahora el proyecto, además de no prohibir la comercialización, exceptúa explícitamente de la prohibición de circulación “a los vehículos que, en circunstancias temporales y especiales, participen de actividades como exposiciones o competencias habilitadas dentro del ejido urbano, teniendo el permiso correspondiente para dichas ocasiones y sólo en el circuito permitido para tal fin”.

Algunas de las modificaciones también se incorporaron en el régimen de sanciones dispuestas y el nuevo proyecto fija que “los vehículos que circulen en infracción (…) deberán ser retenidos por el personal municipal” en tanto que “el titular o quien posea la tenencia legitima del vehículo deberá presentar la documentación exigida por la normativa vigente para requerir la restitución del rodado, el cual deberá encontrarse en condiciones reglamentarias para su circulación”.

Asimismo, plantea que las multas girarán en torno a un porcentaje de entre el 10% y el 100% de diez salarios mínimos del personal municipal -que se duplicarán en caso de reincidencia dentro del plazo no superior a un año- y que también se podrá concretar el decomiso de los elementos antirreglamentarios o en infracción.

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16/04/2024