Viernes 26 de abril | Mar del Plata
07/07/2020

Rechazan otro intento de Ullúa para obtener prisión domiciliaria

El Tribunal que lo juzga en el marco del juicio “La Cueva 3” rechazó el pedido presentado bajo la excusa del coronavirus. Casación había ordenado que se emita una nueva decisión al respecto.

Rechazan otro intento de Ullúa para obtener prisión domiciliaria
(Foto: archivo / Marcelo Nuñez)

El Tribunal Oral Federal de Mar del Plata que juzga a Eduardo Salvador Ullúa en el marco del juicio por delitos de lesa humanidad conocido como “La Cueva 3” rechazó un nuevo pedido de prisión domiciliaria interpuesto por su defensa. La resolución de los jueces sobre Ullúa -que es juzgado paralelamente también en el debate “CNU 2”–  llegó luego de que la Cámara de Casación ordenara que se emitiera una nueva decisión ante nuevas circunstancias alegadas por la defensa como un caso de coronavirus en la unidad penal en la que se encuentra alojado.

El abogado Carlos Salvador Ullúa estuvo más de siete años prófugo de la Justicia hasta que cayó en abril de 2017, a partir de una denuncia anónima ante el Programa Nacional de Coordinación para la Búsqueda de Personas Ordenada por la Justicia, que ofrecía 500 mil pesos de recompensa por datos de su paradero. Previamente había estado detenido cumpliendo condena en la cárcel por la causa de narcotráfico “Operación Langostino”, tras recibir una pena a 17 años de prisión, aunque salió con libertad condicional cuando cumplió los 11 años y 4 meses de encierro.

Desde ese momento Ullúa permanece detenido, y actualmente es juzgado por delitos de lesa humanidad en dos debates abiertos en Mar del Plata.

En uno, iniciado en septiembre del año pasado, se lo acusada de haber integrado la Concentración Nacional Universitaria (CNU) y perseguir a militantes de organizaciones políticas que mantenían diferencias con la agrupación de derecha a la que pertenecía. Así se le imputan  los homicidios de Enrique “Pacho” Elizagaray, sus primos y tío Guillermo Enrique Videla, Jorge Enrique Videla, Jorge Lisandro Videla; el médico Bernardo Alberto Goldemberg; Daniel Gasparri y Jorge Stoppani; y la privación ilegítima de la libertad y homicidio de la entonces decana de la Facultad de Humanidades de la Universidad Católica, María del Carmen Maggi.

En el otro juicio, que comenzó en febrero pasado y corresponde a la tercera parte de la megacausa “La Cueva“, se lo acusa por haber participado en la inteligencia previa del secuestro de los abogados detenidos y desaparecidos en “La Noche de las Corbatas”: se le imputan los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada por mediar violencia, imposición de tormentos agravada por haber sido cometido en perjuicio de perseguidos políticos y homicidio calificado por ensañamiento, alevosía y el concurso premeditado de dos o más personas.

En el marco de este segundo juicio en abril pasado el defensor oficial que lo representa, Manuel Bailleau, solicitó la morigeración de la prisión preventiva como consecuencia del coronavirus y de estar alojado en la Unidad Penal N° 34 “Campo de Mayo”. Pero días después los jueces Sabrina Namer, Daniel y Obligado y Fernando Machado Pelloni resolvieron no hacer lugar al beneficio de la detención domiciliaria.

De esa manera, el defensor recurrió a la Cámara de Casación Penal con el pedido y en él, además, sumó como argumento la confirmación de un caso positivo de coronavirus en la unidad penal. En ese sentido el pasado 30 de junio los camaristas Guillermo Yacobucci y Carlos Mahíques -con la disidencia de Alejandro Slokar- resolvieron remitir nuevamente las actuaciones al Tribunal de Mar del Plata para que “dicte un nuevo pronunciamiento, lo que de ningún modo implica anticipar” la decisión adoptar.

En ese marco, finalmente este martes  los jueces volvieron a tratar el pedido de que se le conceda la prisión domiciria a Ullúa y volvieron a rechazarlo.

“Este Tribunal entiende que debe mantenerse la modalidad en la que se encuentra cumpliendo prisión preventiva el Sr. Eduardo Salvador Ullua, debido a que pese al diagnóstico positivo por covid-19 de un interno, la defensa no ha podido presentar argumentos sólidos para probar que han variado ostensiblemente las condiciones evaluadas en la resolución del pasado 27 de abril en donde este Tribunal decidió no hacer lugar al beneficio de la detención domiciliaria”.

Asismimo, los jueces repararon en que tampoco variaron las condiciones en las cuales el pasado 21 de abril se decidió prorrogarle por seis meses la prisión preventiva. “Es preciso ponderar la naturaleza y gravedad de los hechos endilgados, la complejidad que revisten las actuaciones y considerar, especialmente, que el proceso transita por el pleno desarrollo del debate oral y público”, entendieron los jueces.

Y remarcaron las condiciones de detención en las que se encuentra Ullúa: alojado solo, en una habitación con capacidad para dos personas con escritorio, silla, placard, mesa de luz y una cama de una plaza. “Este espacio a su vez, integra el pabellón A del establecimiento, que actualmente se compone de 23 internos, teniendo capacidad para alojar a 37 personas, con lo cual, se encuentra subpoblado”, señalaron los jueces y sumaron que “el pabellón se desinfecta dos veces al día y que cuenta con ventanas y aires acondicionados que permiten una adecuada ventilación de los espacios”.

“En razón de ello podemos concluir que en la situación personal que afronta el encausado dentro de la infraestructura de la unidad penal, existe la posibilidad cierta de evitar su contagio“, concluyeron.

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07/07/2020