Martes 30 de abril | Mar del Plata
15/01/2023

CNU 1: seis años después, Casación absolvió a cuatro de los condenados

Habían sido condenados a penas de entre 3 y 7 años de prisión por integrar la asociación ilícita que conformó la agrupación paraestatal de ultraderecha.

CNU 1: seis años después, Casación absolvió a cuatro de los condenados
(Fotos: archivo / Qué digital)

A exactos seis años de dictada la histórica sentencia en el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata, la Cámara de Casación Penal absolvió a cuatro de los siete condenados en el primer juicio que se realizó en la ciudad contra los integrantes de la Concentración Nacional Universitaria (CNU) por cometer crímenes de lesa humanidad en la previa de la sangrienta dictadura cívico militar. Por mayoría, los camaristas consideraron que no se acreditó su participación en la asociación ilícita que integró la organización paraestatal de ultraderecha para perseguir a militantes políticos.

La absolución fue resuelta, en los últimos días de 2022 y por mayoría, por los integrantes de la sala II de Casación Guillermo Yacobucci y Ángela Ledesma y alcanzó a Juan Pedro Asaro, Juan Carlos Asaro, José Luis Granel y Roberto Alejandro Justel quienes en diciembre de 2016 habían sido condenados a cinco, tres, siete y tres años de prisión, respectivamente, por ser considerados coautores del delito de asociación ilícita, es decir haber integrado la asociación ilícita que conformó la CNU con el objetivo de cometer crímenes previos al golpe de Estado de 1976 en el marco de una “depuración ideológica del movimiento peronista”.

En ese mismo juicio -el primero en la ciudad realizado contra civiles por delitos de lesa humanidad- fueron condenados a prisión perpetua el exfiscal Gustavo Demarchi, Mario Ernesto Durquet  (los dos ya fallecidos) y Fernando Alberto Otero (ya excarcelado) por haber formado parte de la asociación ilícita pero también por ser coautores de los distintos homicidios juzgados, entre ellos  los conocidos como “cinco por uno”, que tuvieron como víctimas a Enrique Elizagaray, Guillermo Enrique Videla, Jorque Enrique Videla, Jorge Lisandro Videla y Bernardo Goldemberg.

Con respecto a Otero, en este caso por unanimidad, los camaristas resolvieron absolverlo por uno de los hechos -el que tuvo como víctima de María del Carmen Maggi- aunque ratificaron su condena a perpetua por los otros.

Juan Pedro Asaro

Además, también rechazaron los recursos impulsados por el Ministerio Público Fiscal y las querellas particulares que buscaban revertir dos absoluciones dictadas durante el debate: las de Raúl Arturo Viglizzo y Raúl Rogelio Moleón.

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¿Por qué Casación absolvió a los cuatro condenados por integrar la asociación ilícita? Si bien los jueces ratificaron la existencia de esa asociación, Yacobucci y Ledesma -con disidencia de Caros Mahiques- se inclinaron por opinar que “la prueba producida durante el debate no resulta suficiente para tener por acreditada la intervención responsable de los nombrados”.

“Los acusadores no lograron demostrar a través de la prueba cuál fue el aporte efectivo que prestaron Granel, los hermanos Asaro y Justel a la asociación ilícita que, en contexto de lesa humanidad, se les reprocha”, expuso en su voto Ledesma y consideró que “solo se ha podido probar la pertenencia de los acusados a CNU, las contrataciones en la Universidad (Provincial de Mar del Plata) y, en el caso de Justel también en la Fiscalía a cargo de Demarchi, lo que por sí solo, teniendo en cuenta el contexto temporal, no resulta idóneo para sostener que los nombrados realizaron comportamientos típicos vinculados con los mecanismos ilícitos de represión estatal”.

A ello, la jueza sumó: “Los indicios valorados por el tribunal, vinculados con las contrataciones de los acusados, o de los legajos Dippba (Dirección de Inteligencia de la Policía bonaerense) -en cuanto al hallazgo de armas en los domicilios de Granel y Juan Pedro Asaro- si bien podría inferirse la posible comisión de algún ilícito penal o irregularidad, lo cierto es que ello no resulta suficiente para demostrar la responsabilidad de los acusados en los términos de una asociación orientada a crímenes de lesa humanidad”.

Con las cuatro absoluciones dictadas por la sala II de la Cámara de Casación, sólo se mantuvieron las tres condenas a prisión perpetua aunque hay que tener en cuenta que ya tiempo atrás el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata -que en el juicio estuvo integrado por Luis Imas, Víctor Bianco y Alfredo Ruiz Paz- declaró la extinción de la acción por fallecimiento con relación a Demarchi y Durquet por lo que Casación declaró abstractos y no trató sus recursos interpuestos contra la sentencia en su contra.

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El accionar de los integrantes de la CNU en la previa de la última dictadura también fue juzgado en un segundo juicio en la ciudad: en diciembre de 2020 Eduardo Salvador Ullúa fue condenado a prisión perpetua por formar parte de la asociación ilícita y por los ocho homicidios y un caso de privación ilegítima de la libertad y Oscar Héctor Corres a cinco años de prisión por integrar la asociación ilícita.

La CNU de Mar del Plata, como otras organizaciones de ultraderecha, formó parte de un plan sistemático para el cual se conformó una asociación ilícita que fue promovida por el poder estatal durante el último gobierno de Juan Domingo Perón y el de María Estela Martínez para concretar “la eliminación de sus enemigos” en el marco de la pretendida “depuración ideológica del movimiento peronista” en la antesala de la última dictadura cívico militar.

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15/01/2023